Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2019 (21/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 21 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú José Luis Gonzáles Quintero, del 22 al 25 de mayo de 2019, al Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, para que participe en la reunión antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que el propósito de ésta sesión es que los Estados Miembros compartan experiencias y prácticas sobre la resiliencia alcanzada en sus diversas comunidades, e identifiquen mecanismos o recomendaciones para una mejor protección y preparación de los ciudadanos e infraestructuras frente a las amenazas terroristas; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación en la mencionada reunión, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 1834-2019-SECEJEDIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 26 de abril de 2019, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN.

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú José Luis Gonzáles Quintero, del 22 al 25 de mayo de 2019, al Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ Días Personas Total US$ 1 448.00 X X 1 = 1 448.00 440.00 X 3 X 1 = 1 320.00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos y pasajes aéreos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1771059-1

Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 735-2019-IN Lima, 20 de mayo de 2019 VISTOS, el Oficio N° 584-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001256-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° S-2019-007112/DIPOLASUIN-59.1, de fecha 08 de abril de 2019, la Dirección de Inteligencia Policial de la Policía Nacional de Colombia y Secretaría Ejecutiva Permanente de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial (CLACIP) hace extensiva a la Policía Nacional del Perú, la invitación a la capacitación denominada "Seminario Internacional de Ciberinteligencia", a realizarse del 22 al 24 de mayo de 2019, en la ciudad de Bogotá, capital de la República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 149-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 09 de mayo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú, Jessica Paola Ramírez Monzen y de la Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú, Elisama Milka Huamaní Quispe, del 21 al 25 de mayo de 2019, a la ciudad de Bogotá, capital de la República de Colombia, para que participen en la capacitación mencionada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que el indicado personal policial adquirirá nuevos conocimientos, técnicas, herramientas y experiencias en ciberinteligencia; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del referido personal policial en el mencionado evento, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y

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