Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 6 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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la Secretaría de Planificación Estratégica emitir opinión respecto a la transferencia financiera a efectuarse en el marco de lo establecido en el numeral 6.2 de la Cláusula Sexta del CONVENIO; Que, a través del Informe N° 01084-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la transferencia financiera a favor del COFOPRI, hasta por la suma de S/ 586 400,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), de conformidad con lo establecido en el CONVENIO, por cuanto se cuentan con los recursos en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación ­ Sede Central, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una transferencia financiera por el monto señalado en el considerando precedente, en el marco del Convenio N° 138-2019-MINEDU, a favor del COFOPRI; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, Dirección General de Infraestructura Educativa, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS; y la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación ­ Sede Central, hasta por la suma de S/ 586 400,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 211: Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 6.2 de la Cláusula Sexta del Convenio N° 138-2019-MINEDU suscrito entre el Ministerio de Educación y el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 3.- El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Infraestructura Educativa, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron los recursos. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1823855-2

Aprueban Listado de locales educativos beneficiarios del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 153-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 4 de noviembre de 2019 VISTOS: El Memorándum Nº 2114-2019-MINEDU/VMGIPRONIED-UGM y el Informe Nº 308-2019-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM-MLCF de la Unidad Gerencial de Mantenimiento, el Memorándum Nº 5026-2019-MINEDU/ VMGI-PRONIED-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 1068-2019-MINEDU/VMGIPRONIED-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2019 se estableció medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público; Que, el numeral 3.1. del artículo 3 del referido Decreto de Urgencia Nº 004-2019 autorizó al Ministerio de Educación durante el Año Fiscal 2019, a financiar, bajo el mecanismo previsto en el numeral 3.2 del citado artículo, el Programa suplementario de mantenimiento de los Locales Educativos 2019, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios y redes eléctricas, hasta por la suma de S/ 309 952 331, 00 (TRESCIENTOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, los que consideran hasta la suma de S/. 2 000 000, 00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias y, hasta por la suma de S/ 840 000, 00 (OCHOCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/00 SOLES) para el financiamiento de los gastos operativos del seguimiento de las actividades previstas en el citado programa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 536-2019-MINEDU se aprobó la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019", que tiene por objeto establecer disposiciones específicas sobre las etapas y criterios para la asignación y utilización de los recursos económicos del Programa suplementario de mantenimiento de locales educativos a nivel nacional para el año 2019, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios y redes eléctricas, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 004-2019; Que, el inciso f) del sub numeral 6.1.1. ­ Definición de locales educativos beneficiarios ­ de la Sección 6 Etapas del Programa de Mantenimiento de la referida Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa Suplementario de Mantenimiento de Locales Educativos 2019", señala que el listado de locales educativos beneficiarios del Programa Suplementario de Mantenimiento, incluyendo los montos asignados para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias, el mejoramiento de los servicios sanitarios y redes eléctricas, será aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva del PRONIED; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir

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