Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2019 (06/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 6 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, en atención a lo indicado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la auditoría de la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), a fin de supervisar las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y/o productos sanitarios por parte de los laboratorios extranjeros objeto de inspección y que serán materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; Que, asimismo, la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 7372010/MINSA, modificada por Resolución Ministerial Nº 7982016/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios, el viaje de los químicos farmacéuticos José Luis Brenis Mendoza y Edwin Alberto Coronado Faris, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 2 al 10 de diciembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa FARMACEUTICA CONTINENTAL E.I.R.L., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abono verificado por la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 1,061.95 incluido TUUA) : US$ 2,123.90 5,760.00 7,883.90

Designan Jefes de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Comunicaciones del Instituto Nacional de Salud del Niño Breña
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1029-2019/MINSA Lima, 30 de octubre del 2019 Visto, el expediente Nº 19-113408-001, que contiene el Oficio Nº 3467-DG-INSN-2019, emitido por el Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Salud del Niño ­ Breña del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 226-2018-INSN-DG-OP, de fecha 30 de octubre de 2018, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña, en el cual los cargos de Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 0038) de la Oficina de Asesoría Jurídica y Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 0446) de la Oficina de Comunicaciones, se encuentran clasificados como Directivos Superiores de Libre Designación y cuentan con plaza en condición de vacante; Que, con el documento de Visto, el Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Salud del Niño ­ Breña, propone las acciones de personal para los cargos señalados en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 1187-2019-EIE-OARHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable en relación a lo solicitado, a fin de asegurar el normal funcionamiento del citado Instituto; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Secretaria General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley N° 30895, y en el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar en el Instituto Nacional de Salud del Niño ­ Breña del Ministerio de Salud, a los profesionales que se detallan a continuación:
Nombres y Apellidos Abogado Aníbal Pablo Maurtua Urquizo Licenciado en periodismo Leonardo Miguel Kaseng Veas Jefe/a de Oficina Oficina de Comunicaciones Cargo Órgano Oficina de Asesoría Jurídica F-3 0446 Nivel CAP ­ P Nº 0038

- Viáticos por 08 días para 2 personas : US$ (c/persona US$ 2,880.00 incluidos gastos de instalación) TOTAL : US$

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1823729-2

Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1823729-3

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