Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (24/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Domingo 24 de noviembre de 2019 / El Peruano Actividad Unidad Especi fi caciónCosto (S/) Supervisión Alineamiento y nivelación m Corresponde a un metro de tramo 0,14 Prueba 1 UndPrueba hidráulica zanja abierta matriz - agua potable21,82 Prueba 2 UndPrueba hidráulica zanja abierta conexiones - agua potable21,82 Prueba 3 UndPrueba hidráulica zanja abierta matriz - alcantarillado18,70 Prueba 4 UndPrueba hidráulica zanja abierta conexiones - alcantarillado18,70 Prueba 5 UndPrueba hidráulica zanja Tapada - agua potable28,06 Prueba 6 UndPrueba hidráulica zanja Tapada - alcantarillado21,82 Traslado personal HrTraslado de supervisores a la zona de trabajo 19,21 Factibilidad de Servicios Factibilidad de Predios UndPara 01 conexión domiciliaria de Agua Potable y/o Alcantarillado18,49 Factibilidad de Sub divisiones UndPara Lotes, Quintas y Predios: hasta 20 conexiones domiciliarias61,69 Factibilidad de Nuevas habilitaciones urbanas, dentro y fuera del sistemaUndPara Nuevas Habilitaciones Urbanas y redes: mayores a 20 conexiones domiciliarias200,38 Revisión y aprobación de proyectos Revisión y aprobación de proyectos para nuevas habilitacionesProy Para nuevas habilitaciones 186,01 Revisión y aprobación de proyectos de red complementaria ProyAmpliaciones de red Complementaria - sistemas independientes82,65 Nota: 1. Para el cálculo de los precios de las actividades unitarias se han considerado los insumos con los precios de la localidad. 2. Los costos unitarios directos incluyen mano de obra, materiales, maquinaria, equipos y herramientas. No incluyen Gastos Generales, Utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV). 3. Para determinar el precio del servicio colateral (sin IGV) se deberá agregar al costo directo resultante los Gastos Generales y la Utilidad (15%). 1830140-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Aprueban modificación de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Municipalidad Provincial del Callao, que transitoriamente serán de aplicación de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 55-2019-ATU/PE Lima, 21 de noviembre de 2019VISTOS: El Informe N° 034-2019-ATU/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto e Informe Legal N° 61-2019/ATU-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado, estableciéndose que esta tiene como objetivo organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, en el marco de los lineamientos de política que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley, dispone que la ATU tiene como funciones, entre otras, la de otorgar concesiones para la prestación de los servicios de transporte terrestre urbano regular y masivo de personas, otorgar autorizaciones para la prestación de los servicios de transporte especial, y otorgar autorizaciones para las actividades de transporte de trabajadores, entre otras; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30900, establece que, hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la ATU, mantienen su vigencia los procedimientos administrativos de las entidades que le trans fi eren funciones en lo que corresponda; Que, a través de Decreto Supremo N° 003-2019- MTC y Resolución Ministerial N° 090-2019 MTC/01, se aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ATU, respectivamente; Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 29 de la Sección Primera del ROF, constituye responsabilidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto dirigir la elaboración, actualización y difusión de los documentos de gestión institucional, así como emitir opinión técnica sobre los mismos. Asimismo, el literal g) del artículo 56 de la Sección Segunda del ROF, establece como función de la Unidad de Planeamiento y Organización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, elaborar, evaluar y actualizar el TUPA, en el marco de las normas y lineamientos del sistema administrativo de modernización de la gestión pública; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 039-2019-ATU/PE se establecieron los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima – MML y la Municipalidad Provincial del Callao – MPC que, transitoriamente, serán de aplicación por parte de la ATU; Que, con posterioridad a ello, mediante el informe de vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informó que había identi fi cado omisión de información respecto al procedimiento administrativo N° 12.2 Transferencia de la autorización de servicio (incluido en el conjunto de procedimientos asumidos por la ATU), referente al título “Taxi Estación o Remisse” que corresponde a los requisitos para este tipo de servicio, así como el monto de su Derecho de Tramitación y Cali fi cación; Que, al respecto, luego de la evaluación pertinente, la O fi cina de Asesoría Jurídica consideró en el informe de vistos que, en concordancia con lo establecido en el literal e) del artículo 29 de la Sección Primera y el literal g) del artículo 56 de la Sección Segunda del ROF de la ATU, así como en atención a la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 039-2019-ATU/PE, es necesario emitir el acto administrativo que formalice la incorporación de la información omitida en el anexo de esta última; Que, el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009- JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, establece que en el caso de la publicación de normas legales que tengan anexos conteniendo, entre otros, formatos, formularios, fl ujogramas, dichos anexos se publicarán en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la norma aprobatoria, bajo responsabilidad; Con el visado de la Gerente General (e), del Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU y sus modi fi catorias, el Reglamento de la Ley N° 30900 aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC, el Decreto Supremo N° 003-2019-MTC y la Resolución Ministerial N° 090-2019 MTC/01 que aprueban la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, respectivamente;