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16 NORMAS LEGALES Jueves 24 de octubre de 2019 / El Peruano Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la Mayor EP Sandra Shirley RUIZ MORALES, identi fi cada con CIP N° 400723900, DNI N° 40808936, para realizar una pasantía internacional médica en el Programa de Oncología Torácica del Centro de Cáncer H. Lee Mof fi tt, en la ciudad de Tampa, Estado de Florida, Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 01 al 30 de noviembre de 2019; así como, autorizar su salida del país el 31 de octubre de 2019 y su retorno al país el 01 de diciembre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – ciudad de Tampa- Estado de Florida (Estados Unidos de América) – Lima (Clase Económica) US$ 1,500.00 x 01 persona (Incluye TUUA) US$. 1,500.00Costo de la PasantíaUS$ 1,000.00 US$. 1,000.00Compensación extraordinaria por servicios en el extranjero: US$ 6,416.28 x 01 mes x 1 persona (del 01 al 30 noviembre 2019) US$. 6,416.28 ---------------------Total, a pagar en Dólares Americanos US$. 8,916.28 Articulo 3.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 4.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- La O fi cial Superior designada deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La O fi cial Superior designada revistará en la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7.- La O fi cial Superior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1819344-1ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 323-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 31.1 del artículo 31 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de diversos Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 1 654 483 336,00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar, entre otros, lo dispuesto en el literal a) del citado párrafo 31.1, referido a las asignaciones temporales y demás bene fi cios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; en el literal c), referido al pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la disposición complementaria transitoria y fi nal octava de la Ley N° 29944; en el literal d), referido al pago de los derechos y bene fi cios correspondientes a los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente al que se re fi ere la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, y el literal e), referido al pago de los derechos y bene fi cios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las instituciones educativas públicas; disponiéndose adicionalmente en el párrafo 31.3 del artículo 31 que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación, a solicitud de esta última; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 00880-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, re fi ere que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, existen recursos para fi nanciar el costo del pago del segundo tramo de las asignaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa, de las asignaciones temporales y boni fi caciones por condiciones especiales del servicio y de la asignación especial por prestar servicios en el VRAEM, para profesores y auxiliares de educación, nombrados y contratados, en virtud de lo cual, con O fi cio N° 206-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a la citada transferencia de partidas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos mediante Memorando N° 1084-2019-EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a favor de diversos Gobiernos Regionales, asciende a la suma de S/ 431 244 574,00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el costo del pago del segundo tramo de las asignaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa, de las asignaciones temporales y boni fi caciones por condiciones especiales del servicio