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20 NORMAS LEGALES Jueves 24 de octubre de 2019 / El Peruano ENERGIA Y MINAS Autorizan segunda transferencia de recursos directamente recaudados del Ministerio a favor del Gobierno Regional de Amazonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2019-MINEM/DM Lima, 21 de octubre de 2019VISTOS: El expediente 2970938, el Informe Nº 761-2019-MINEM/DGFM, emitido por la Dirección General de Formalización Minera, el Informe Nº 060-2019/MEM-OGPP/OPRE, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 958-2019-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, hasta por el monto de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 – Ministerio de Energía y Minas – Central; y, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 18 de marzo de 2019, el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Amazonas suscribieron el Convenio Nº 023-2019-MEM-DGFM, Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, el cual tiene por objeto fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al Gobierno Regional de Amazonas, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o la que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en asuntos mineros de dicho Gobierno Regional, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permita continuar con el proceso de formalización minera integral; Que, mediante el Convenio Nº 023-2019-MEM- DGFM, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir a favor del Gobierno Regional de Amazonas el monto ascendente a S/ 198 012,00 (Ciento noventa y ocho mil doce con 00/100 Soles), para ser destinado al proceso de formalización minera integral, en el citado Gobierno Regional; Que, mediante Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2019-00142-001 y registro Nº SIAF 0000000411, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto certi fi có la existencia de recursos presupuestales por el monto señalado en el considerando que antecede, para los fi nes indicados en el convenio suscrito con el Gobierno Regional de Amazonas;Que, mediante Informe Nº 060-2019/MEM-OGPP/ OPRE, de fecha 28 de marzo de 2019, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para las transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales, entre los cuales se encuentra el Gobierno Regional de Amazonas en el marco del inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 209- 2019-MEM/DM del 15 de julio del 2019, se aprobó la transferencia fi nanciera al Gobierno Regional de Amazonas, correspondiente al primer trimestre del 2019, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Novena del Convenio Nº 023-2019-MEM-DGFM; Que, mediante Informe Nº 761-2019-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera señala que el Gobierno Regional de Amazonas no suscribió Convenio en el año 2018 por lo que no le corresponde presentar informe de cierre del periodo 2018; asimismo, la Dirección General de Formalización Minera informa el porcentaje de avance de ejecución de la transferencia fi nanciera antes señalada; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Amazonas, por la suma de S/ 99 006,00 (Noventa y nueve mil seis con 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; en el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Amazonas Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Amazonas, por la suma S/ 99 006,00 (Noventa y nueve mil seis con 00/100 Soles), para ser destinados exclusivamente al fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo con el siguiente detalle: Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 99 006,00 TOTAL EGRESOS S/ 99 006,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará vinculando a la Estructura Funcional Programática (EFP) del Programa Presupuestal (PP) 0126 “Formalización de la pequeña minería y minería artesanal”, según el siguiente detalle: Pliego Unidad EjecutoraUnidad Ejecutora SIAFNº 440 Gobierno Regional de AmazonasNº 001 Sede Central - Región AmazonasNº 00721S/ 99 006,00 Programa Presupuestal Producto Actividad Cuenta RUCNº 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanalNº 3000658 Mineros FormalizadosNº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla ÚnicaCuenta Única del Tesoro Público – CUTNº 20479569861