Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2019 (04/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 4 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del Oficio Nº 2198-2019-UI-SDL-UNSA, ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento a través de su Oficio Nº 1048-2019-OUPLUNSA, ha señalado que de acuerdo a la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para atender los requerimientos efectuados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. JORGE SABINO AYALA ARENAS, docente adscrito al Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, para participar, como ponente en el "VII Simposio Latinoamericano de Física en Arqueología, Arte Conservación de Patrimonio Cultural LASMAC 2019", a realizarse en la Ciudad de México del 08 al 13 de setiembre del 2019, en ejecución del Proyecto de Investigación Titulado: "Análisis Temporal y Físico y Químicos integrados en Muestras Volcánicas y Cerámicas Arqueológicas de la Región Arequipa", seleccionado según Resolución de Vicerrectoral Nº 021-2018-VRI, de fecha 28 de noviembre del 2018, con el Contrato de Financiamiento NºIBAIB-02-2018-UNAS de fecha 07 de enero del 2019. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado docente, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, según siguiente detalle: - Pasajes aéreos : Arequipa-Lima-México-LimaArequipa S/ 2,750.21 Soles Del 07 al 15 de setiembre de 2019 - Seguro de viaje : S/ 140.00 Soles - Viáticos : S/ 2000.00 Soles Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado docente presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector 1801214-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1151-2019 Arequipa, 12 de agosto del 2019. Visto los Oficios Nº 02-00051-2019-LAMM y Nº 201902-01976-HOLR, presentado por HERBERT OMAR LAZO RODRIGUEZ, por los que, en calidad de Investigador Principal de un Proyecto de Investigación, solicita autorización de viaje al extranjero con fines de investigación para LUIS ANTONIO MARTINEZ MANCHEGO, Co Investigador de un Proyecto de Investigación, Docente

adscrito al Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias Biologicas. CONSIDERANDO: Que, en el marco del Concurso E041-2016-02, denominado "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada - UNSA" resultó seleccionado el Proyecto de Investigación titulado: "BIOACUMULACIÓN DE METALES PESADOS PROVENIENTES DE RELAVE MINERO E INTERACCIÓN DEL EDTA, LOMBRICOMPOST Y RIZOBACTERIAS EN EL POTENCIAL DE FITOREMEDIACIÓN DE GRINDELIA BERGII (HIERÓN) CABR.", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2016-FONDECYT-DE y en virtud del cual el Investigador Herbert Omar Lazo Rodríguez suscribió el Contrato de Financiamiento Nº 252016-UNSA. Que, mediante los Oficios Nº 02-00051-2019-LAMM y Nº 2019-02-01976-HOLR, el investigador del citado proyecto, solicita la autorización de viaje, pasajes aéreos internacionales, seguro de viaje y viáticos respectivos, para una capacitación por Investigación en "Identificación de proteínas mediante espectrometría de masas. Incluirá conceptos básicos teóricos y parte experimental que incluye el procesamiento de muestras y la interpretación de datos obtenidos mediante dos equipos de espectrometría de masas diferentes", que se desarrollará en el CEQUIBIEM de la Universidad de Buenos Aires, Argentina, del 16 al 20 de setiembre del 2019; en ejecución del proyecto de investigación: "BIOACUMULACIÓN DE METALES PESADOS PROVENIENTES DE RELAVE MINERO E INTERACCIÓN DEL EDTA, LOMBRICOMPOST Y RIZOBACTERIAS EN EL POTENCIAL DE FITOREMEDIACIÓN DE GRINDELIA BERGII (HIERÓN) CABR.", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2016-FONDECYT-DE; adjuntando para tal efecto los siguientes documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº 25-2016-UNSA; b) Copia de la Carta de Invitación para capacitación emitida por la Dra. Silvia M. Moreno, Profesora Titular Consulta, Investigadora Principal Contratada y Coordinadora CEQUIBIEM; c) Copia de la Sesión Extraordinaria de Consejo de Facultad de Ciencias Biológicas de la UNSA, del 10 de julio del 2019, en el que se aprueba la Licencia con Goce de Haberes del Docente Nombrado, Luis Antonio Martínez Manchego, del 15 al 21 de setiembre del 2019, para viaje al extranjero con fines de Investigación; d) Copia del Oficio Nº 522-2019-FCSBUNSA, suscrito por el Decano de la Facultad de Ciencias Biológicas, del 11 de julio del 2019, por la que solicita el otorgamiento de la Licencia con Goce de Haberes para el Mg. LUIS ANTONIO MARTINEZ MANCHEGO; y, e) Copia de la Resolución Sub directoral Nº 1702-2019-SDRH, de la Subdirección de Recursos Humanos, que resuelve, conceder al Docente mencionado Licencia con Goce de Remuneraciones por Capacitación Oficializada del 15 al 21 de setiembre de 2019. Que, en efecto, en el caso materia de autos, tenemos que el viaje con fines de investigación del mencionado investigador, contribuirá a cumplir los fines que tiene la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Ley Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, en tal sentido, la Subdirección de Logística mediante Oficio Nº 2197-2019-UI-SDL, ha determinado el itinerario, montos de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante Oficio Nº 1049-2019-OUPLUNSA, informa que revisado el presupuesto institucional de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa año fiscal 2019, se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para atender el requerimiento efectuado. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, al Rectorado.

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