Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2019 (04/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 4 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Michel Rudy Calle Huamani para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS Nº 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 07 de agosto de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Michel Rudy Calle Huamani postulante a Ajustador de Siniestros de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución SBS Nº 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS Nº 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Michel Rudy Calle Huamani, con matrícula número AN341, en el Registro, Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales; a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1802544-1

Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., la apertura de una (01) Agencia ubicada en el Pueblo Joven el Progreso Mz. 1P Lote 1A Dpto. Sección - A y Sección B, Zona II, del distrito de Carabayllo, provincia y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1802903-1

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de oficina, bajo la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3785-2019 Lima, 20 de agosto de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia le autorice la apertura de una oficina, bajo la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 22.03.2019, dicho órgano de dirección aprobó la Programación Anual de Oficinas para el año 2019, la cual no incluía la apertura de la citada agencia; Que, en sesión de Directorio de fecha 25.06.2019, dicho órgano de dirección aprobó la modificación a la citada Programación Anual de Oficinas, incluyendo la apertura de, entre otras, la agencia objeto de la presente autorización; Que, la Caja ha cumplido con remitir la documentación requerida por el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre, de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de una

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. la apertura de agencia ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3767-2019 Lima, 19 de agosto de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A .- CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia ubicada en el Pueblo Joven el Progreso Mz. 1P Lote 1A Dpto. Sección A y Sección B, Zona II, del distrito de Carabayllo, provincia y Departamento de Lima; y,

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