Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)
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NORMAS LEGALES
Domingo 22 de setiembre de 2019 /
El Peruano
Artículo 2.- Mecanismos de participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidos a la sede del Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, ubicada en Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica: DGPARPA@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1809711-2
Autorizan transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 393-2019-PRODUCE Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 505-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.CE de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 965-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 292-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, y el Informe N° 796-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el Decreto Supremo N° 240-2016-EF, aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se creó el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, y se señala, entre otros, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; así como, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, entre otros, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los
fondos que este administra, con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; Que, asimismo, la Disposición citada en el considerando precedente, establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego Ministerio de la Producción, la cual se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción del convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces; Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro entre otras, en la partida del gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, por corresponder a ejecución de gastos capital; Que, el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, mediante el Oficio N° 505-2019-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, remite el Informe N° 084-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/ UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, el cual sustenta la necesidad de autorizar las transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín, hasta por la suma de S/ 719 994,42 (SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 42/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinado a cofinanciar los desembolsos a un (01) Proyecto de "Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región San Martin", en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE y de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señalando además que se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar las mencionadas transferencias financieras, lo cual se encuentra acreditado a través de las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 001780 y 001781; Que, mediante Memorando N° 965-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe N° 292-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza transferencias financieras a favor del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo del Gobierno Regional de San Martín, hasta por la suma de S/ 719 994,42 (SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 42/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Categoría Presupuestal. Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5000444. Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, Partida del Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, destinadas a efectuar los desembolsos referidos; Que, en consecuencia, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras señaladas en el considerando precedente, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; y de lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima


