Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2019 (22/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 22 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-213-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Alumno III año Marin Alex ARAUJO PACCO identificado con DNI N° 73900181; y, a la Alumna III año Maritza Katerin HOSPINAL CUSI identificada con DNI N° 48606672, del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército "Sargento 2do Fernando LORES TENAZOA", para que participen en el intercambio académico de Alumnos, en la Escuela de Sargentos de Armas (ESA) de Brasil, a realizarse en la ciudad de Tres Corazones, Estado de Minas Gerais, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 23 al 27 de setiembre de 2019; así como autorizar su salida del país el 22 de setiembre de 2019 y su retorno al país el 28 de setiembre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos ­ Ida y Vuelta: (Clase Económica) Lima ­ Sao Paulo (República Federativa del Brasil) ­ Lima: US$ 1,850.00 x 02 personas (Incluye TUUA) Viáticos por Misión de Estudios al Exterior: US$ 370.00 x 20% = US$ 74.00 US$ 74 x 05 días x 02 personas (23 al 27 de setiembre de 2019) Total a pagar en Dólares Americanos

Visto, el Oficio Nº 4482/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 2 de setiembre del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta V.200-1706 de fecha 20 de junio del 2019, el Director General de Capitanías y Guardacostas en su condición de Autoridad Marítima Nacional ha solicitado al Prefecto Nacional Naval de Argentina, se considere a dos (2) Oficiales de la Comandancia de Operaciones Guardacostas, para que efectúen una Pasantía en una Estación Costera (Centro VTS) de esa Prefectura Naval, por un período de tres (3) días, teniendo como fecha tentativa del 25 al 27 de setiembre del 2019; Que, en relación al referido documento, con Carta Nº 52/19 ASIN, HB.8 de fecha 16 de julio del 2019, el Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina ha cursado invitación al Director de Asuntos Internacionales y Asuntos de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, para que dos (2) Oficiales de la Comandancia de Operaciones Guardacostas, efectúen una visita profesional al Servicio de Tráfico Marítimo y Costeras VTS del Río de la Plata, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 27 de setiembre del 2019; Que, con Oficio Nº 2126/43 de fecha 5 de agosto del 2019, el Director General de Capitanías y Guardacostas propone al Capitán de Navío SGC. José Antonio CHÁVEZ Campodónico y al Teniente Primero Raúl Fonsarelly FRANCO Napuri, para que efectúen la mencionada visita en representación de la Autoridad Marítima Nacional; lo que permitirá intercambiar información, experiencias e incrementar los conocimientos en la gestión administrativa y supervisión, en base a la legislación y reglamentación marítima nacional e internacional, vinculadas con la administración de las comunicaciones al tráfico de buques, en donde se trabaja sobre la utilización de elementos tecnológicos en forma segura y eficaz, con el fin de acrecentar la seguridad de la navegación, la protección marítima y portuaria, y la protección del ambiente marítimo; Que, de acuerdo con el Documento Nº 186-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío SGC. José Antonio

US$

3,700.00

US$ 740.00 ----------------------US$ 4,440.00

Artículo 3.- Los gastos de alimentación y alojamiento asociados con el evento, serán asumidos por el Ejército de la República Federativa del Brasil. Artículo 4.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1809286-1

Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a la República Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1245-2019 DE/MGP Lima, 19 de setiembre de 2019

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