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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2019 (22/09/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 22 de setiembre de 2019 / El Peruano PRODUCE Autorizan Transferencia Financiera a favor del FONDEPES, destinada a financiar el otorgamiento de créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 390-2019-PRODUCE Lima, 20 de setiembre de 2019VISTOS: El O fi cio N° 156-2019-FONDEPES/ GG de la Gerencia General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; el O fi cio N° 086-2019-FONDEPES/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; el Memorando N° 959-2019-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 289-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto; y el Informe N° 790-2019-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial N° 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 autoriza, entre otros, al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2019, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Pliegos que conformen su sector, para el fi nanciamiento de intervenciones prioritarias sectoriales establecidas por el titular del sector correspondiente, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; señalando que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que trans fi ere los recursos, la que se publica en el diario o fi cial El Peruano, señalando que las entidades del Gobierno Nacional son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos, debiendo informar trimestralmente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República sobre el uso de los citados recursos; Que, mediante O fi cio N° 156-2019-FONDEPES/GG y Ofi cio N° 086-2019-FONDEPES/OGPP el Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, solicita el fi nanciamiento para otorgar 238 créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal, hasta por el importe de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), con la fi nalidad de garantizar la continuidad de la atención de los créditos otorgados, los mismos que son prioritarios para el Sector Producción y se desarrollan en el marco de los Programas Presupuestales: 0094 “Ordenamiento y Desarrollo de la Acuicultura” y 0095 “Fortalecimiento de la Pesca Artesanal” del Sector Producción, en el marco de las intervenciones prioritarias establecidas en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Memorando N° 959-2019-PRODUCE/ OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción hace suyo el Informe N° 289-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable, en materia presupuestaria, y considera procedente fi nanciar 238 créditos a favor de 122 productores acuícolas y 116 pescadores artesanales en catorce (14) regiones del país, hasta por el monto de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES); Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, para fi nanciar las intervenciones que se detallan en el considerando precedente hasta por la suma de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en el marco de lo establecido en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES Autorizar una transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 4 250 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, destinada a fi nanciar el otorgamiento de 238 créditos en apoyo a la acuicultura y pesca artesanal, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestaria 9002. Asignaciones Presupuestaria que No Resultan en Productos, Actividad 5005713. Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Implementación, seguimiento y evaluación La O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos transferidos por la presente Resolución, debiendo informar trimestralmente a la Titular de la Entidad sobre el uso de dichos recursos.