Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2019 (30/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Lunes 30 de setiembre de 2019 /

El Peruano

AMBIENTE
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana IIAP
DECRETO SUPREMO Nº 007-2019-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 23374, se aprueba la Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana IIAP, que establece que el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP es un Organismo creado por el artículo 120 de la Constitución Política de 1979, que se relaciona con el Gobierno Central a través del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público; Que, de acuerdo a la precitada Ley Nº 23374, el IIAP tiene por finalidad realizar el inventario, la investigación, la evaluación y el control de los recursos naturales; promover su racional aprovechamiento y su industrialización para el desarrollo económico y social de la región amazónica; Que, mediante Ley Nº 28168 se establece que el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP - tiene personería de Derecho Público Interno, autonomía económica y administrativa y constituye un pliego presupuestal. Se relaciona con el Gobierno Nacional a través del Ministerio de la Producción y se relaciona directamente con los Gobiernos Regionales de su ámbito. La actividad de los Gobiernos Regionales en el IIAP puede desarrollarse dentro de las modalidades establecidas en el artículo 91 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, mediante la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se dispone la adscripción del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP al Sector Ambiente; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1429, Decreto Legislativo que Actualiza y Fortalece la Gestión Institucional de los Órganos Colegiados del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), se establece una nueva estructura organizacional del Instituto; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº1429 se modifican los artículos 1, 9, 10 y 19 de la Ley Nº 23374, Ley del IIAP; Que, conforme al artículo 28 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Reglamentos de Organización y Funciones de los organismos públicos se aprueban por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado y que las mismas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Que, de acuerdo al artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones constituye un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; que contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en secciones y títulos, estando la sección única compuesta por las disposiciones generales, órganos del primer nivel organizacional y órganos del segundo nivel organizacional; Que, conforme al artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la Sección Primera del artículo 44, requiriendo en el caso de los organismos públicos, la conformidad del Ministerio al cual se encuentra adscrito; Que, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP requiere la aprobación de la Sección Única de su Reglamento de Organización y Funciones, la cual ha sido elaborada sobre la base de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo ; la Ley Nº 23374, Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana ­ IIAP, el Decreto Legislativo Nº 1429, Decreto Legislativo que actualiza y fortalece la Gestión Institucional de los Órganos Colegiados del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP); y el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado". Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Investigaciones de la Amazonía PeruanaIIAP Apruébase la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, el mismo que consta de tres (3) Títulos, cuarenta y cuatro (44) artículos, e incluye la estructura orgánica y el organigrama; que, como Anexos, forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Del financiamiento La implementación de la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP se financia con cargo a su presupuesto institucional, en el marco de las leyes anuales de presupuesto y de la normatividad vigente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación La Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, aprobada en el artículo 1, es publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP (www.iiap.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional El Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana ­ IIAP debe presentar para su aprobación, el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional en un plazo máximo de noventa (90) días calendarios, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo.

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