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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (06/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 6 de agosto de 2020 El Peruano / “Artículo 3.- Aprobación del cronograma para la adecuación al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA. (…) Clasi ficaciónPlazo máximo de adecuación Entidades del Poder Ejecutivo (incluye Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Públicos y otras entidades obligadas a contar con TUPA, con independencia de la denominación formal que las normas le reconozcan).31 de diciembre de 2020 Poder Judicial, Congreso de la República y Organismos Constitucionalmente Autónomos.31 de diciembre de 2020 Municipalidades tipo A, B y C, conforme a la clasi ficación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.31 de marzo de 2021 Universidades Públicas, Gobiernos Regionales y sus Organismos Públicos.30 de junio de 2021 Municipalidades tipo D, conforme a la clasi ficación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.30 de junio de 2021 Municipalidades tipo E, F y G, conforme a la clasi ficación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.31 de diciembre de 2022 Artículo 3.- Incorporación del artículo 3-A a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP Incorpórese el artículo 3-A a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP conforme se detalla a continuación: “Artículo 3-A.- Plazo máximo para solicitar el usuario y contraseña del Administrador SUT. Establézcanse los siguientes plazos máximos para que las entidades públicas, bajo responsabilidad, soliciten, vía correo electrónico, a la Secretaría de Gestión Pública el usuario y contraseña para el Administrador SUT, de conformidad con lo previsto en la Sección 3 del Manual del SUT aprobado por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2020-PCM-SGP. Clasi ficaciónPlazo máximo para solicitud Entidades del Poder Ejecutivo (incluye Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerios, Organismos Públicos y otras entidades obligadas a contar con TUPA, con independencia de la denominación formal que las normas le reconozcan).15 de setiembre de 2020 Poder Judicial, Congreso de la República y Organismos Constitucionalmente Autónomos.15 de setiembre de 2020 Municipalidades tipo A, B y C, conforme a la clasi ficación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.30 de setiembre de 2020 Universidades Públicas, Gobiernos Regionales y sus Organismos Públicos.31 de octubre de 2020 Municipalidades tipo D, conforme a la clasi ficación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.31 de octubre de 2020 Municipalidades tipo E, F y G, conforme a la clasi ficación efectuada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 296-2018-EF, o la norma que lo sustituya o reemplace; incluyendo a sus Organismos Públicos y Empresas Municipales.30 de junio de 2021 Una vez vencidos los plazos antes señalados la Secretaría de Gestión Pública procede con la remisión a la Contraloría General de la República del listado de entidades omisas a la presentación de la solicitud a fi n que disponga las acciones necesarias en el ámbito de sus competencias para establecer la responsabilidad administrativa correspondiente por la omisión.” Artículo 4.- De la revisión del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) elaborados o modi fi cados en el Sistema Único de Trámites (SUT), cuando corresponda obtener las opiniones favorables o la rati fi cación de derechos de tramitación El Sistema Único de Trámites (SUT) permite que la revisión del Expediente Regular que contiene el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) se realice de forma digital; de tal manera que, no se requiere la presentación de documentos o expedientes físicos para la obtención de la opinión previa favorable del ministerio correspondiente, la Secretaría de Gestión Pública del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas, o la rati fi cación de derechos de tramitación por parte de las Municipalidades Provinciales, según corresponda. En este contexto, no son requisitos el Formato A, Formato B y Formato C a los cuales hace referencia la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP. Artículo 5.- Plazos máximos para la implementación y uso progresivo del SUT En concordancia con la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2019-PCM-SGP, plazos máximos para la implementación y uso progresivo del SUT son los establecidos en el cronograma modi fi cado en el artículo 2 de la presente norma. Artículo 6.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo dispóngase su publicación en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y de la Secretaría de Gestión Pública (sgp.pcm.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese.SARA AROBES ESCOBAR Secretaria de Gestión Pública 1875411-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Designan Director de la Dirección Zonal Ayacucho de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 103-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 5 de agosto de 2020CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 248-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 18 de junio de 2018, se designó al Ingeniero Agrónomo Carlos Enrique Ponce Martinench en el cargo de Director de la Dirección Zonal Ayacucho del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la designación del citado servidor en el cargo que viene desempeñando, así como designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI;