Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2020 (11/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 11 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1876539-8

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siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de sus miembros alternos. Artículo 5. Funciones La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Efectuar las coordinaciones con las entidades competentes, gobiernos de otros Estados, organizaciones internacionales multilaterales, y con el sector privado, en el Perú y en el extranjero, según corresponda, que coadyuven al acceso, al descubrimiento, producción, adquisición, donación, y distribución de las vacunas y/o tratamientos contra el COVID-19. b) Realizar el seguimiento de las acciones a cargo de las entidades competentes para acceder al descubrimiento, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y/o tratamientos contra el COVID-19. c) Emitir recomendaciones para la definición de ventajas comparativas del Perú, requerimientos y procedimientos para el descubrimiento, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y/o tratamientos contra el COVID-19. d) Realizar el seguimiento de las actividades para la adquisición y entrega de las vacunas e insumos complementarios (jeringas y equipos de cadena de frio), una vez que estén disponibles, a cargo de las entidades competentes. e) Emitir recomendaciones o estrategias para difundir información vinculada al descubrimiento, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y/o tratamientos contra el COVID-19. Artículo 6. Secretaría Técnica 6.1 La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo del Ministerio de Salud que ejecuta las disposiciones que acuerde la Comisión Multisectorial y asume las labores de vocería. 6.2 La Secretaría Técnica tiene como función brindar asistencia técnica y administrativa a la Comisión Multisectorial. Artículo 7. De la información, colaboración, asesoramiento y apoyo de profesionales La Comisión Multisectorial puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y/o aporte técnico de reconocidas personalidades de la sociedad civil, representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional y/o de organizaciones internacionales. Artículo 8. Financiamiento Las entidades que conforman la presente Comisión Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9. Vigencia La Comisión Multisectorial creada por la presente Resolución Suprema tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2021. Artículo 10. Publicación La presente Resolución Suprema se publica en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 11. Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud.

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Viceministra de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007- 2020-TR Lima, 10 de agosto de 2020 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora JEANETTE NOBORIKAWA NONOGAWA, en el cargo de Viceministra de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1876539-9

Designan Directora General de la Dirección General de Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2020-TR Lima, 10 de agosto de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 0825-2020-MTPE/4/12, de la Oficina General de Recursos Humanos; y el Informe Nº

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