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71 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de agosto de 2020 El Peruano / - Jurado Nacional de Elecciones. - Ofi cina Nacional de Procesos Electorales. - Defensoría del Pueblo, organismos locales, nacionales e internacionales como observadores. - Gobierno Regional del Cusco. Artículo Quinto.- DISPONER a la O fi cina de Secretaría General efectuar la publicación de la presente Ordenanza en el Judicial del Cusco. Artículo Sexto.- DEROGAR cualquier norma municipal que se oponga en todo o en parte a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Séptimo.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Sub. Gerencia de la Juventud, Poblaciones Vulnerables y Participación Ciudadana, Ofi cina de Relaciones Públicas, áreas involucradas, para su conocimiento, fi nes consiguientes y a la Sub. Gerencia de Informática disponer efectúe la publicación en el portal de transparencia de la Entidad. DISPOSICIONES FINALES Única.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.WILFREDO AGUILAR ARMENDARIZ Alcalde (e) 1878306-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) Resolución de la India para la enmienda del Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional Recordando que la Alianza Solar Internacional (ISA, por sus siglas en inglés), creada el 30 de noviembre de 2015, se convirtió en una organización internacional intergubernamental fundamentada en tratados el 6 de diciembre de 2017. Observando que, en un breve período, 70 países miembros potenciales ya han fi rmado el tratado de la ISA y que 44 de dichos países lo han rati fi cado. Reconociendo que la energía solar cumple una función clave para alcanzar el objetivo de desarrollo sostenible consistente en garantizar el acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos. Reconociendo que el acceso a la energía solar es esencial para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, el acceso universal a la energía a precios asequibles y la seguridad energética y que, asimismo, ayudaría a reducir la pobreza y a mejorar las condiciones y el nivel de vida de la mayor parte de la población mundial, en particular de las mujeres. Tomando consciencia de que la iniciativa de la ISA bene fi ciaría al mundo en su conjunto y que no debería restringirse a los países que se hallen total o parcialmente entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio. La India propone una resolución para las siguientes enmiendas al Acuerdo Marco de la ISA con el fi n de ampliar el alcance de la membresía de la ISA a todos los países que son miembros de la ONU.Párrafo/numeral Texto actual del Acuerdo MarcoEnmienda propuesta Segundo párrafo del preámbuloReconociendo que la energía solar proporciona a los países ricos en recursos solares, situados total o parcialmente entre los Trópicos de Cáncer y Capricornio, la oportunidad sin precedentes para traer prosperidad, seguridad energética y desarrollo sostenible a sus pueblos,Reconociendo que la energía solar proporciona a los países la oportunidad sin precedentes para traer prosperidad, seguridad energética y desarrollo sostenible a sus pueblos, Artículo VI, numeral 1(a) Contribuciones voluntarias de sus Miembros, Países Asociados, la ONU y sus organismos, así como otros países;Contribuciones voluntarias de sus Miembros, la ONU y sus organismos y otros países; Artículo VII, título Estatus de Miembro y País SocioEstatus de País Miembro Artículo VII, numeral 1 La membresía está abierta a aquellos Estados ricos en recursos solares que se encuentran total o parcialmente entre el Trópico de Cáncer y el Trópico de Capricornio, y que son miembros de las Naciones Unidas. Dichos Estados se convierten en Miembros de la ISA al haber fi rmado el presente Acuerdo y haber depositado un instrumento de rati fi cación, aceptación o aprobación.La membresía está abierta a los Estados que son miembros de las Naciones Unidas. Dichos Estados se convierten en Miembros de la ISA al haber fi rmado el presente Acuerdo y haber depositado un instrumento de ratifi cación, aceptación o aprobación. Artículo VII, numeral 2 La Asamblea puede conceder el estatus de País Socio a los Estados que se encuentran fuera del Trópico de Cáncer y del Trópico de Capricornio, que sean miembros de las Naciones Unidas y que deseen y puedan contribuir a los objetivos y actividades previstos en el presente Acuerdo.Podría suprimirse. Artículos VII, numeral 3 Los Países Socios son elegibles para participar en los Programas de la ISA, con la aprobación de los Miembros que participan en el Programa.Podría suprimirse. Artículo IX (Observadores)El estatus de observador puede ser otorgado por la Asamblea a quienes soliciten la membresía o asociación, cuya solicitud está pendiente, o a cualquier otra organización que pueda promover el interés y los objetivos de la ISA.El estatus de observador puede ser otorgado por la Asamblea a los solicitantes de membresía cuya solicitud esté pendiente, o a cualquier otra organización que pueda promover el interés y los objetivos de la ISA. 1877977-1 Entrada en vigencia de la “Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA)” Entrada en vigencia de la “Enmienda al Acuerdo Marco sobre el Establecimiento de la Alianza Solar Internacional (ISA) aprobada por la Primera Asamblea de la Alianza Solar Internacional el 3 de octubre de 2018; y rati fi cada mediante Decreto Supremo N° 023-2020-RE del 10 de agosto de 2020. Entró en vigor el 15 de julio de 2020. 1877978-1