Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2020 (19/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 19 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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agua y aditivos incorporadores de aire y/o plastificantes a fin que sean efectivas para la nivelación y no requiera compactación, pudiendo utilizarse relleno fluido de baja resistencia o productos de similares características, esto en razón de la capacidad portante del suelo y a la gran cantidad de trabajos ejecutados que constituyen la mayor parte de los pavimentos deteriorados de la ciudad. 24.2 Está prohibido el uso de residuos de pavimentos o veredas demolidas para el relleno de zanja u otro material inapropiado. Artículo 25º.- Materiales de reposición de la pista y de las veredas. 25.1 La reposición deberá efectuarse con un material de las mismas características del pavimento original, debiendo respetarse la resistencia y diseño original, salvo indicación diferente señalada en la Autorización Municipal otorgada. En caso de pavimentos flexibles se considerará asfalto en caliente y su reposición en pistas, deberá ser 1.00 m. más a cada lado de la zanja. 25.2 El perfilado de las veredas deberá efectuarse respetando al diseño de bruña existente. 25.3 En el caso de la berma, la reposición será del ancho total de la misma, teniendo en cuenta el material que la compone. Artículo 26°.- Reposición de Señalización Horizontal La reposición de la señalización Horizontal tales como cruceros peatonales, líneas discontinuas, fechas direccionales, línea de pared, etc. deberá realizarse con estricto cumplimiento al diseño, colores y ubicación establecidos en el Manual de Dispositivos de Control del Tránsito para Calles y Carreteras ­ MTC vigente. Artículo 27º.- Superficie del parche. Deberá cuidarse que la superficie del parche quede perfectamente envasada con la del pavimento existente, no debiendo presentar depresiones ni sobre elevaciones. Artículo 28º.- Casos especiales de materiales de reposición de la pista. En los casos donde exista algún tipo de tratamiento especial: losetas, cajas de piedra, baldosas o adoquines de piedra; la reposición debe incluir el acabado con las mismas características que el existente. Artículo 29º.- Especificaciones técnicas 29.1 Reposición de tramos afectados y reparación de daños a) La autorización para trabajos en veredas, que se otorgue por primera vez, admitirá una intervención y reposición del tramo afectado. En caso se requiera una nueva intervención en la misma cuadra, la reposición de la misma cubrirá la sección total del área de la vereda a reparar (ancho del tramo afectado). Entiéndase que la autorización es por cada empresa prestadora de servicios. b) Los responsables de la ejecución de obras en áreas de uso público, deberán reparar los daños ocasionados, debidamente comprobados durante el proceso de ejecución de obra, de aquellas áreas públicas que han servido o que han sido utilizadas como estacionamiento para vehículos de carga pesada, maquinaria o puntos de acopio de desmonte, áreas de tránsito, maniobra y/o acceso a la propiedad durante la ejecución de la obra, considerándose la aprobación de los trabajos por la autoridad competente, para la emisión del Certificado de Conformidad de Obra en áreas de uso público. 29.2 Condiciones Cumplimiento Técnicas de Obligatorio

Se cuidará que las caras de las juntas sean rectas y normales a la superficie de la base, con el objeto de evitar bordes delgados que pueden agrietarse o descascararse por efecto del tránsito. Se definirá el parche con una bruña perimetral. Para realizar el vaciado del concreto, se efectuará previamente la limpieza de los bordes del pavimento existentes y se procederá a humedecerlos con una lechada de cemento. El curado del contrato deberá efectuarse mediante arroceras u otro método aprobado conforme a lo exigido por la inspección. b) Pista de Asfalto: La reposición de la carpeta asfáltica deberá ser con el mismo material del pavimento original. En todos los casos se usará obligatoriamente asfalto caliente en los pavimentos que son de asfalto. El espesor de la carpeta será de dos pulgadas (2") como mínimo y deberá ser colocada en la base de afirmado ya compactada, limpia y con un riego previo de imprimación de asfalto líquido RC-250 con el porcentaje de solvente requerido. Posteriormente a la reposición del pavimento, este será sellado en toda su extensión aplicando sello asfáltico a fin de darle mayor durabilidad. En el caso que la canalización subterránea cruce o afecte una calzada nueva o en buena conservación; la reposición final del asfalto deberá tener un ancho mínimo de cuatro metros lineales (2 metros lineales a cada lado) medidos desde el eje de la canalización, para la cual deberá; primero eliminar el asfalto existente con asfalto en caliente de dos pulgadas (2") de espesor. c) Pista Mixta: La losa de asfalto mixta consiste en una losa de concreto con superficie de rodadura de asfalto. Deberá procederse de igual forma como lo establecido en los puntos anteriores, cuidando de imprimar la base de concreto antes de colocar el asfalto. En el caso de pistas mixtas, la reposición de la carpeta asfáltica deberá tener un ancho mínimo de cuatro metros lineales (2 metros lineales a cada lado) medidos desde el eje de la canalización, para lo cual primero deberá eliminar el asfalto existente con asfalto en caliente de dos pulgadas (2"), sellado encima de la losa de concreto. d) Veredas: El concreto utilizado en las veredas tendrá una resistencia a la comprensión no menor de Fc.= 175 Kg./cm2, rico en pasta, y un espesor mínimo de diez centímetros (10 cm). Los paños serán perfectamente definidos por las bruñas, que seguirán las líneas de la vereda existente. El mezclado del concreto a vaciar, deberá realizarse con máquina mezcladora. De optarse por mezclado manual, deberá ser realizado obligatoriamente en recipiente; en ningún caso, la mezcla se efectuará directamente en el pavimento y/o vereda. e) Sardineles: Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal modo que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel. La calidad del concreto será de Fc.= 175 Kg./ cm2. En el caso de sardineles de piedra deberá tenerse cuidado de conservar el material. Para un sardinel de 15 centímetros (15 cm) de altura libre, su altura total será de cuarenta y cinco céntimos (45 cm) mínimo; su ancho en todo caso será de quince centímetros (15 cm) y su borde exterior redondeando con un radio mínimo veinticinco milímetros (25 mm). En caso de existir desplome se conservará dicho desplome en la reposición del sardinel. f) Reposición con Adoquines de Concreto: Deberá respetar las siguientes condiciones y características: - Dimensiones: Largo: 20 cm, Ancho: 10 cm, Espesor 8 cm - Resistencia a la comprensión del bloque: Fc.= 2.80 Kg./cm2 El procedimiento constructivo, espesores, de las capas, grados de compactación de la base y sub base, se efectuará de acuerdo a lo establecido en la Norma CE 0.10 - Aceras y Pavimentos. Anexo "F" del Reglamento Nacional de Edificaciones. El adoquinado de las pistas llevara un sardinel de confinamiento al mismo nivel de la calzada, de veinte centímetros (20 cm) de ancho y cuarenta centímetros (40 cm) de peralte (altura) de concreto armado, con resistencia Fc.= 210 Kg./cm2, el cual se colocará en todo el perímetro del área a adoquinar.

a) Pista de Concreto: La losa de concreto tendrá un espesor igual al existente pero no menor de quince centímetros (15 cm.). La calidad del concreto a emplearse será de Fc.= 210 a 280 Kg./cm2. El concreto obligatoriamente deberá ser premezclado.

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