Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2020 (22/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Sábado 22 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

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MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Acuerdo Nº 045-2020-MSB-C.- Aprueban Contratación Directa para la "Adquisición de Implementos para Protección Personal (EPP) en el Marco de la Emergencia Nacional para la Prevención del COVID-19", por la causal de Situación de Emergencia 52 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 431/MDSJM.- Modifican la Ordenanza N° 000084-2008-MDJSM que aprobó la creación y el Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal del distrito 55 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL D.A. Nº 005-2020/MDSM.Modifican anexos del D.A. Nº 002-2020/MDSM, mediante el cual se aprobó los Lineamientos de prevención frente al COVID-19 en Mercados de Abasto, así como los horarios de atención de los establecimientos ubicados en el distrito 58

Fe de Erratas Anexo - Ordenanza N° 302-MVMT.- (Se publica en la sección TUPA de la página Web del Diario Oficial El Peruano) 58

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA R.A. Nº 0244-2020/MDV-ALC.- Modifican el artículo primero de la R.A. Nº 0325-2019/MDV-ALC, que designó a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Ventanilla 59

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 31038
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

omisión al sufragio o de inasistencia a la integración de las Mesas de Sufragio. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debe habilitar una plataforma virtual para el trámite de justificación o dispensa que corresponda y emitir el reglamento respectivo. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) debe hacer lo propio en relación al trámite de excusas para ser miembro de Mesa. Todos los trámites señalados en la presente disposición son gratuitos. Séptima Disposición Transitoria La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) puede conformar Mesas de Sufragio integradas por electores cuyo domicilio, registrado en el Documento Nacional de Identidad (DNI), se ubique en un lugar distinto al del distrito donde se ubica el local de votación asignado; siempre que ambos pertenezcan a la misma circunscripción electoral. Octava Disposición Transitoria Los locales en que deban funcionar las Mesas de Sufragio son designados por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), para lo cual se pueden considerar otro tipo de recintos a los señalados en el primer párrafo del artículo 65 de la presente Ley. Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) disponen que en un mismo local funcionen el menor número posible de Mesas de Sufragio, y se garanticen todas las medidas de control y seguridad sanitarias establecidas en el Protocolo Sanitario que, para tal efecto, determinen la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Ministerio de Salud. Novena Disposición Transitoria La capacitación de los miembros de Mesa de Sufragio, personeros de las organizaciones políticas y del personal involucrado en el desarrollo del proceso electoral puede ser desarrollada a través de medios virtuales, para lo cual los organismos electorales, en el ámbito de sus funciones, deben dictar las disposiciones que correspondan. Décima Disposición Transitoria La instalación de las Mesas de Sufragio y los procesos de votación manual o electrónico y de escrutinio de los votos en Mesa, así como el acopio de actas y ánforas deben realizarse garantizando todas las medidas de control y seguridad sanitarias establecidas en el Protocolo Sanitario que, para tal efecto, determinen la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Ministerio de Salud".

LEY QUE ESTABLECE NORMAS TRANSITORIAS EN LA LEGISLACIÓN ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES GENERALES 2021, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA NACIONAL SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19
Artículo 1. Adición de disposiciones transitorias a la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones Adiciónanse las siguientes disposiciones transitorias a la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para su aplicación exclusiva en las Elecciones Generales del año 2021, conforme al siguiente texto: "Cuarta Disposición Transitoria La solicitud de licencia sin goce de haber establecida en el artículo 114 de la presente ley, debe serles concedida treinta (30) días antes de la fecha de las elecciones. Quinta Disposición Transitoria Todos los actos referentes a la instalación de la Mesa, votación, y escrutinio se realizan el mismo día. Debe instalarse la Mesa antes de las siete (07:00) de la mañana y efectuarse la votación hasta las diecinueve (19:00) horas. Solo en el caso que hubieran votado todos los electores que figuran en la Lista de Electores de la Mesa de Sufragio, puede el Presidente declarar terminada la votación antes de dicha hora. Se deja constancia expresa de ello en el Acta de Sufragio. Sexta Disposición Transitoria Las personas en grupos de riesgo para COVID-19, identificadas por la Autoridad Nacional Sanitaria de conformidad con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo, están exentas del pago de la multa por

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