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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Martes 29 de diciembre de 2020 / El Peruano Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, de conformidad con la Directiva N° 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las Empresas bajo el ámbito de FONAFE y otras Entidades, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que el Tarifario al que se re fi ere el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Administración solicitar a las entidades las transferencias fi nancieras según lo establecido en el Tarifario materia de aprobación, así como el seguimiento del cumplimiento de dichas transferencias. Artículo 4.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez esta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1915410-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 105-2020-P-CO-UNIQ Quillabamba, 21 de diciembre de 2020VISTOS:El Informe Nº 011-2020-UNIQ-OPP, Informe Nº 020-2020-UNIQ-OPP, Informe Legal Nº 018-2020-OAL-BFT/UNIQ, el Acuerdo Nº 041-2020-SE-CCO-UNIQ del Consejo de Comisión Organizadora de fecha 28 de mayo de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al 4to párrafo del Art. 18, de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. 8, de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, el Estado reconoce la autonomía Universitaria, y conforme a la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece que el presidente ejerce la titularidad del pliego presupuestal. Que, mediante Resolución Presidencial Nº 029-2020-P-CO-UNIQ, de fecha 28 de mayo de 2020, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. Que, bajo Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, de fecha 18 de mayo del 2018, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, que tiene como fi nalidad, que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía. Que, la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, de fecha 04 de diciembre del 2019, aprueba los “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las universidades públicas”, precisando que las Universidades Públicas aprueban su ROF de manera integral mediante resolución del Titular de la entidad. Que, mediante O fi cio Nº 188-2020-P-CO-UNIQ, en fecha 27 de noviembre de 2020, el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIQ Dr. Oswaldo Luízar Obregón, remite a la Dirección General de Educación Superior Universitaria-Ministerio de Educación, la información adicional para la validación del Reglamento de Organización y Funciones de la UNIQ, remitiendo adjunto la propuesta del ROF y el INFORME TECNICO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES emitido por la Unidad de Planeamiento, Estadística y Desarrollo Institucional de la UNIQ, que sustenta la propuesta de aprobación del ROF de la UNIQ, en aplicación de la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, que aprueba los lineamientos para la formulación del ROF de las Universidades Públicas, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los lineamientos de Organización del Estado, entre otras normativas consideradas por su alcance. Que, mediante O fi cio Nº 01156-2020-MINEDU/VMGP- DIGESU, el Director General de Educación Superior Universitaria-DIGESU, del Vice Ministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, Dr. Jorge Mori Valenzuela, remite el Informe Nº 00260-2020-MINEDU/VHGP-DIGESU, mediante el cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, emite opinión respecto a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, concluyendo en su Numeral; 3.1. La propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU. En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Vice Ministerial Nº 088-2017-MINEDU, Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, Resolución Viceministerial Nº 588-2019-MINEDU y el Estatuto de la UNIQ; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, que forma parte de la presente Resolución, a folios 56, el mismo que consta de: (101) Artículos (II) Títulos(VI) Capítulos(0I) Anexo – Organigrama de la UNIQ. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Presidencial Nº 029-2020-P-CO-UNIQ, de fehca 28 de mayo de 2020.