Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Martes 29 de diciembre de 2020 / El Peruano N°Distrito JudicialProvincia DistritoDepen-dencia ActualDependencia Final 19 Junín Tarma Tarma Juzgado Mixto Juzgado Civil 20 Junín Yauli La Oroya Juzgado Mixto Juzgado Civil 21 La Libertad Ascope Paiján Juzgado Mixto Juzgado Civil 22 La Libertad Chepén Chepén Juzgado Mixto Juzgado Civil 23 La Libertad Otuzco Otuzco Juzgado Mixto Juzgado Civil 24 Piura Sechura Sechura Juzgado Mixto Juzgado Civil 25 Puno Azángaro Azángaro Juzgado Mixto Juzgado Civil 26 San Martín Alto Amazonas Yurimaguas2º Juzgado MixtoJuzgado Civil 27 Santa Huarmey Huarmey Juzgado Mixto Juzgado Civil 28 Tacna Tacna Alto de la Alianza Juzgado Mixto Juzgado Civil 29 TumbesContralmirante VillarZorritos Juzgado Mixto Juzgado Civil 30 Tumbes Zarumilla Zarumilla Juzgado Mixto Juzgado Civil 31 Ucayali Coronel Portillo Campoverde Juzgado Mixto Juzgado Civil 32 Ucayali Coronel Portillo Yarinacocha Juzgado Mixto Juzgado Civil Artículo Segundo.- Renombrar, a partir del 1 de enero de 2021, a los siguientes juzgados civiles y mixtos permanentes, manteniendo su sede distrital y su competencia territorial: a) 1° Juzgado Mixto del Distrito de Chivay, Provincia de Caylloma y Corte Superior de Justicia de Arequipa, en Juzgado Mixto del mismo distrito. b) Juzgado Civil del Distrito de Mollendo, Provincia de Islay y Corte Superior de Justicia de Arequipa, en 1° Juzgado Civil del mismo distrito. c) 1° Juzgado Mixto del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas y Corte Superior de Justicia de San Martín, en Juzgado Mixto del mismo distrito. Artículo Tercero.- Facultar a los Presidentes de las mencionadas Cortes Superiores de Justicia y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de lo indicado. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, O fi cina de Productividad Judicial, Presidencias de las referidas Cortes Superiores; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1915514-1 Aprueban la Directiva N° 019-2020-CE- PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000370-2020-CE-PJ Lima, 19 de diciembre del 2020VISTO:El O fi cio N° 002034-2020-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ se aprobó la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, la cual dispone en el numeral 6.4, que el “Informe de sustentación para la presentación del proyecto normativo constituye el documento que expresa las motivaciones de la propuesta normativa, describiendo: a. La situación problemática actual que se pretende resolver; b. La existencia de vacío en la normatividad vigente o la necesidad de regular una norma general para fi nes operativos; c. El sustento normativo, precisando de ser el caso, el documento normativo que se modi fi caría o derogaría; d. Los bene fi cios que generaría la implementación del documento normativo; y, e. Los costos que demandaría su implementación, de ser el caso. Su formulación estará a cargo de la dependencia que presente el proyecto normativo, para lo cual contará con el apoyo técnico de la Subgerencia de Racionalización, o de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, en el caso de las Cortes Superiores de Justicia, que operen como Unidades Ejecutoras. Debe presentarse de manera conjunta con el proyecto de documento normativo, para el adecuado análisis del mismo”. Segundo. Que, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 000985-2020-GG-PJ remitió a este Órgano de Gobierno la propuesta actualizada de la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, la cual en mérito a la Resolución Corrida N° 000108-2020-CE-PJ fue remitida al despacho del señor Consejero Gustavo Álvarez Trujillo, para el informe respectivo. Tercero. Que, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante O fi cio N° 000131-2020-CR-UETI-CPP-PJ remite opinión técnica favorable al proyecto de actualización de la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”. Cuarto. Que, en ese contexto, mediante Resolución Corrida N° 000344-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso remitir a la Gerencia General del Poder Judicial la opinión técnica emitida por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, otorgada a través del Informe Nº 000007-2020-FLA-ST-UETI-CPP-PJ, respecto a la omisión del término “áreas funcionales”, en los numerales 5.1 y 5.5, ello en merito a que las propuestas pueden venir de cualquiera de las Gerencias o Subgerencias, Comisiones, Comités, Equipos Técnicos de implementación, entre otros, debiendo en ese sentido actualizase el proyecto de directiva interna denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”. Quinto. Que, bajo dicho marco, la Subgerencia de Racionalización mediante Informe N° 000245-2020 -SR-GP-GG-PJ, sostiene que de la lectura del informe de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal se advierte que se ha identi fi cado como oportunidad de mejora precisar en el proyecto de actualización la dependencia de las unidades orgánicas y/o funcionales; así, señala que si bien con Informe Nº 000101-2020-SR-GPGG se presentó un proyecto de actualización de la Directiva “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, esta nueva versión surge y se sustenta en la necesidad de reformular la propuesta de actualización conforme a lo indicado por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Corrida Nº 000344-2020-CE-PJ; otorgando su opinión técnica favorable al igual que la Gerencia de Plani fi cación a través del Memorando N° 001501-2020-GP-GG-PJ. Sexto. Que, con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Racionalización, se advierte que el numeral 6.5 de la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, señala que “Los proyectos de documentos normativos y sus informes de sustentación, deben ser presentados a la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Plani fi cación, quien debe analizar y evaluar su contenido. Asimismo, debe revisar que el tipo de documento empleado corresponda con el propósito de su creación pudiendo efectuar los ajustes necesarios para su adecuación en coordinación con el área formuladora. Emitida la opinión favorable del órgano de racionalización, se debe recibir la opinión de la O fi cina de Asesoría Legal que corresponda, según el ámbito de aplicación del documento normativo, en relación a la consistencia de la base legal y contenido