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55 NORMAS LEGALES Martes 29 de diciembre de 2020 El Peruano / del proyecto, salvaguardando que se cumpla con la normatividad vigente e inherente a sus procesos”. Sétimo. Que, en ese sentido, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe N° 001733-2020-OAL-GG-PJ, señala que el proyecto de Directiva propuesto tiene como objetivo establecer disposiciones para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizadas de los Documentos Normativos en el Poder Judicial, cuyo alcance es de obligatorio cumplimiento por todas las dependencias administrativas y jurisdiccionales de este Poder del Estado, que de acuerdo con su competencia funcional tengan participación en la elaboración, revisión, aprobación y difusión de Documentos Normativos; asimismo, dada las diversas propuestas de mejora, resulta razonable dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, que aprobó la Directiva N° 010-2019-CE-PJ. Octavo. Que, asimismo, el citado informe legal señala que el referido proyecto cumple con la estructura prevista para este tipo de documentos conforme al “Anexo 01: Formato de Directiva” establecido para este tipo de proyectos, según lo indica la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ. Los conceptos contenidos en su estructura interna se encuentran desarrollados en forma clara y tienen un impacto administrativo favorable en la administración, en términos de e fi ciencia y efi cacia sobre el procedimiento que regula, por lo que otorga su opinión favorable para la prosecución del trámite. Noveno. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N° 002034-2020-GG- PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, para su aprobación. Décimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1466- 2020 de la septuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de diciembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 019-2020-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”; que en anexo forma parte integrante de la presente decisión. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva N° 010-2019-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ; así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, realice las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de la República; y a la Gerencia General para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1915514-2Aprueban el modelo de “Despacho Judicial Corporativo de Familia”, y dictan otras disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000371-2020-CE-PJ Lima, 19 de diciembre del 2020VISTOS:El O fi cio N° 000186-2020-CR-PPRFAMILIA-PJ, que contiene el Informe N° 000107-2020-RT-PPR FAMILIA cursado por la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos de Familia”; O fi cio N° 002032-2020-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 001735-2020-OAL-GG-PJ, de la O fi cina de Asesoría Legal; Memorando N° 001509-2020-GP-GG-PJ, de la Gerencia de Plani fi cación; y el Informe N° 000247-2020-SR-GP-GG-PJ, elaborado por la Subgerencia de Racionalización, relacionados al proyecto de Reglamento de Funcionamiento y Manual de Organización y Funciones–Tipo del Módulo Corporativo de Familia. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Acuerdo N° 1240-2019 de fecha 9 de octubre de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó al Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, a realizar los estudios necesarios para proponer un modelo de despacho judicial que se ajuste a las necesidades actuales de los órganos jurisdiccionales de Familia. Segundo. Que, en tal sentido, la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”–PpR Familia somete a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Informe N° 0000107-2020-RT-PPRFAMILIA conteniendo la propuesta de Modernización del Despacho Judicial de la especialidad de Familia. Tercero. Que, es política institucional del Poder Judicial la implementación de reformas orgánico funcionales destinadas a asegurar un mejor desempeño jurisdiccional para un adecuado y oportuno servicio de impartición de justicia. En ese sentido, el despacho judicial en su organización y función requiere adaptarse a la realidad y a los cambios normativos de la especialidad de Familia; así como un adecuado uso racional y e fi ciente de los recursos, a fi n de optimizar el ejercicio de la función que corresponde al Poder Judicial, dentro del marco del Estado Constitucional de Derecho. Cuarto. Que, el modelo propuesto está orientado a la mejora del servicio de impartición de justicia en los aspectos cualitativos y cuantitativos en la especialidad de Familia, que se fundamenta en los principios de separación y especialización de funciones, uniformidad de procedimientos, fl exibilidad, informalismo, oralidad, celeridad y corporativismo. En tal sentido, el Módulo Corporativo de Familia se caracteriza por la separación de funciones jurisdiccionales y administrativas; y por su organización, en la cual existen dos áreas principales: área jurisdiccional y área de apoyo a la función jurisdiccional, esta última basada en la existencia de subáreas y la conformación de equipos de trabajo especializados que brindan servicios compartidos. Quinto. Que, asimismo, la propuesta cuenta con opinión favorable de la Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Asesoría Legal, Gerencia de Plani fi cación, Subgerencia de Racionalización, y opinión de factibilidad de la Gerencia de Informática, respecto de las adecuaciones a los sistemas de información de acuerdo al modelo de Despacho Judicial Corporativo de Familia. Sexto. Que, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante Informe N° 1735-2020-OAL-GG-PJ, señala que con relación a