Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2020 (12/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 12 de enero de 2020 /

El Peruano

eficiente y eficaz gestión de la Institución, y a las funciones propias de la Oficina General de Administración, distintos de los contratos derivados de los procesos de selección. c) Suscribir convenios o contratos referidos al reconocimiento de deudas distintas a operaciones de endeudamiento público, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. d) Suscribir convenios y/o contratos con entidades públicas destinadas al uso, y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Riego o bajo administración estatal, la que deberá regirse por los procedimientos dispuestos en la normatividad sobre la materia. e) Regular, tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia, registro y supervisión de los bienes muebles. f) Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles, previa emisión de los informes técnico y legal que correspondan. g) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justificados, en el marco del Decreto Supremo Nº 0502006-PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo. h) Oficializar el encargo de funciones de las Oficinas de Abastecimiento y Patrimonio, Contabilidad y Tesorería, cuando el titular del encargo se encuentre ausente por motivos acreditados. i) Expedir las resoluciones que sustenten el registro contable del castigo directo e indirecto de las cuentas incobrables de procedencia no tributaria del pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego, de conformidad a lo establecido en el Instructivo N° 3, aprobado con la Resolución de Contaduría N° 067-97-EF/93.01, modificada con la Resolución Directoral N° 011-2009EF/93.01. 2.2 Delegar en el Director/a de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración las siguientes facultades: En materia de Contrataciones del Estado a) Aprobar la Solicitud para el Procedimiento de Selección Comparación de Precios. b) Suscribir, modificar, penalizar y resolver los contratos, las órdenes de compra y órdenes de servicio, para contrataciones cuyos montos sean iguales a ocho (8) UIT. Artículo 3.- Delegación de facultades en el/la directora/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos Delegar en el/la Directora/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura­ Administración Central, durante el Ejercicio 2020, las facultades en materia de recursos humanos siguientes: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, suplencia, ascensos, promoción, reconocimiento de remuneraciones, destaques, suscripción y renovaciones de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscritos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, hasta el Nivel F-5; del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo y del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. b) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia pensionaria. c) Aprobar y modificar el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Agricultura y Riego, previa conformidad de la Secretaría General. d) Suscribir en representación del Ministro de Agricultura y Riego, los documentos que sean

necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada, asimismo, los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional de Servicio Civil ­ SERVIR, Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral­SUNAFIL, o el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ­ MTPE, que ordenen la reposición o reincorporación de servidores o ex servidores, según corresponda. Asimismo, dicha facultad de representación y de presentación de documentos incluye la actuación en fases previas de los Procedimientos Administrativos ante las citadas autoridades, tales como indagaciones administrativas, órdenes de inspección, requerimientos de presentación de documentos, etc. Artículo 4.- Delegación de facultades en el/la directora/a de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria Delegar en el/la directora/a de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria­OACID, durante el Ejercicio 2020, la facultad de suscribir los Formularios de Inscripción de Banco de Datos Personales de Administración Pública, a ser registrados en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales que se encuentra a cargo de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de lo establecido en la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 0032013-JUS, debiendo los órganos y unidades orgánicas del MINAGRI remitir a la OACID la documentación correspondiente, en los plazos señalados en la normativa, bajo responsabilidad. Artículo 5.- Delegación de facultades en los/ las Directores/as Ejecutivos/as de los Proyectos Especiales Delegar, durante el Ejercicio 2020, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Entidad a su cargo, en los/las Directores/as Ejecutivos/as de los Proyectos Especiales y Unidades Ejecutoras que se mencionan a continuación: a) Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes­ Unidad Ejecutora 014. b) Proyecto Especial Jequetepeque Zaña­Unidad Ejecutora 015. c) Proyecto Especial Sierra Centro Sur­Unidad Ejecutora 016. d) Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca­Unidad Ejecutora 017. e) Proyecto Especial Binacional Río Putumayo­ Unidad Ejecutora 018. f) Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua­Unidad Ejecutora 019. g) Proyecto Especial Alto Huallaga­Unidad Ejecutora 020. h) Proyecto Especial Pichis Palcazú­Unidad Ejecutora 021. i) Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro­PROVRAEM­Unidad Ejecutora 022. j) Proyecto Especial Datem del Marañón­Alto Amazonas­Loreto­Condorcanqui­PEDAMAALC­Unidad Ejecutora 034. k) Gestión de Proyectos Sectoriales­Unidad Ejecutora 035. l) Fondo Sierra Azul­Unidad Ejecutora 036. Artículo 6.- Delegación de facultades en los/las Directores/as Ejecutivos/as y Jefe/a, según el caso, de los Programas Delegar, durante el Ejercicio 2020, la facultad de designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Programa a su cargo, en los/las Directores/as Ejecutivos/as y Jefe/a, según el caso, de los Programas que se mencionan a continuación:

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