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63 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2020 El Peruano / NºDENOMINACIÓN DEL SERVICIOREQUISITOS PRECIO S/ 7 Atención Medica a Domicilio 25.00 8 Cirugía Menor hasta 5 puntos Vecino Pago de Servicio 20.00 Externo Pago de Servicio 30.00 9 Cirugía Menor hasta 10 puntos Vecino Pago de Servicio 30.00 Externo Pago de Servicio 40.00 10 Extracción de Puntos Vecino Pago de Servicio 10.00 Externo Pago de Servicio 20.00 11 Hemoglucotest Vecino Pago de Servicio 8.00 Externo Pago de Servicio 10.00 12Perfi l Lipídico (colesterol, triglicéridos) (Triaje Completo, P,T,IMC,PA, Glucosa, per fi l lipídico, consulta nutricional, consulta médica) Vecino Pago de Servicio 40.00 Externo Pago de Servicio 60.00 13 Prueba de VIH Vecino Pago de Servicio 20.00 Externo Pago de Servicio 30.00 14 RPR Prueba Rápida Vecino Pago de Servicio 10.00 Externo Pago de Servicio 15.00 15 Consulta Nutricional Pago de Servicio 10.00 ODONTOLOGÍA 16 Consulta Vecino Pago de Servicio Gratuito Externo Pago de Servicio 12.00 17 Curación dental con amalgama Pago de Servicio 10.0018 Endodoncia Pago de Servicio 80.0019 Extracción Dental Vecino Pago de Servicio 20.00 Externo Pago de Servicio 30.00 20 Sellantes Vecino Pago de Servicio 15.00 Externo Pago de Servicio 25.00 21 Resina Simple Vecino Pago de Servicio 30.00 Externo Pago de Servicio 40.00 22 Resina Compuesta Vecino Pago de Servicio 40.00 Externo Pago de Servicio 50.00 23 Flour Vecino Pago de Servicio Gratuito Externo Pago de Servicio 10.00 24 Pro fi laxis Vecino Pago de Servicio 25.00 Externo Pago de Servicio 35.00 25 Detartraje Vecino Pago de Servicio 30.00 Externo Pago de Servicio 35.00 26 Certi fi cado Prenupcial Por Pareja Pago de Servicio 80.00 Servicio de Ambulancia 27 Traslado dentro del distrito Pago de Servicio 25.00 28 traslado fuera del distrito Pago de Servicio 50.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Racionalización de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica actualizar el cuadro de precios del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.gob.pe, así como encargar a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión en el distrito. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1848488-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Declaran situación de emergencia por siniestro ocurrido el 23 de enero de 2020 en el distrito y aprueban ayuda humanitaria a favor de los afectados ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2020/MVES Villa El Salvador, 23 de enero del 2020POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Villa El Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) elaborado por el Área de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador sobre el siniestro acontecido el 23 de enero del presente año en la Av. Viña del Mar con el cruce con la Av. Mariano Pastor Sevilla; y, CONSIDERANDOS: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1º establece que “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado.”, asimismo, el numeral 1) del artículo 2º señala que “Toda persona tiene derecho: A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.”, en cuanto, el artículo 7º de la citada Carta Magna precisa que “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. (...).”; Que, el artículo 194º de la Carta Magna modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 20) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones que tiene el Concejo Municipal la de “Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.”; asimismo, el numeral 29) del citado artículo establece la atribución de “Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, (...)”, en tanto el numeral 35) establece “Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley”; Que, el artículo 41º de la Ley citada en el considerando precedente establece que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, el Informe de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) elaborado por el Área de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, conforme a la Resolución Ministerial Nº 171-2018-PCM, ha identi fi cado de manera cualitativa