Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2020 (25/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de enero de 2020 /

El Peruano

Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 019-2020-MSB-A San Borja, 20 de enero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe N° 049-2019-MSB-GSP-UDSGS de la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios de fecha 17 de octubre de 2019, el Informe N° 066-2019-MSB-GSP de la Gerencia de Salud Pública de fecha 18 de octubre de 2019, el Memorándum N° 204-2019-MSB-GSP de la Gerencia de Salud Pública de fecha 19 de diciembre de 2019, el Informe N° 226-2019-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 26 de diciembre de 2019, el Memorándum N° 341-2019-MSB-GM-OPE de la Oficina de Planificación Estratégica, el Informe N° 009-2020-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 06 de enero de 2020, el Memorándum N° 002-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 10 de enero de 2020; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal"; Que, el literal h) del artículo 50° de la Ordenanza N° 621-MSB, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, establece como funciones de la Oficina de Planificación Estratégica, entre otras, la de: "Conducir y proponer normas, directivas y otros instrumentos de gestión en materia de su competencia"; asimismo, el literal f) del artículo 55° de la Ordenanza citada, establece como funciones de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, entre otras, la de: "Conducir la elaboración del Texto Único de Servicios No Exclusivos de acuerdo con su competencia, y en coordinación con los órganos y unidades orgánicas"; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019 se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja; el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, que compila los servicios no exclusivos de la Municipalidad, los cuales son brindados por la Entidad para satisfacer a la población que requiera de algún servicio municipal, para cuyo efecto se tiene que contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, con Informe N° 049-2019-MSB-GSP-UDSGS de fecha 17 de octubre de 2019, la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios remite el cuadro de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE); en atención a ello, con Informe N° 066-2019-MSB-GSP de fecha 18 de octubre de 2019 señala que la propuesta de la actualización del TUSNE permitirá diferenciar costos más económicos para los vecinos, la inclusión del servicio de riesgo cardiovascular, certificado prenupcial (previo cumplimiento de los requisitos de ley), entre otros; Asimismo, con Memorándum N° 204-2019-MSB-GSP de fecha 19 de diciembre de 2019, la Gerencia de Salud Pública remite la propuesta de actualización del TUSNE, detallando la comparación de los costos de los servicios

con otras entidades y el costo real de cada servicio de salud que se brinda con beneficio a los vecinos del distrito de San Borja; Que, mediante Informe N° 226-2019-MSB-GM-OPEUPR de fecha 26 de diciembre de 2019, la Unidad de Planeamiento y Racionalización señala que, la propuesta de reajuste de los costos de servicios no exclusivos obedece a un estudio de mercado realizado por la Gerencia de Salud Pública, indicando que los precios sugeridos se encuentran dentro de los estándares que rigen en el mercado, en tal sentido, la Unidad de Planeamiento y Racionalización emite opinión favorable para la aprobación del reajuste de precios; de mismo modo, con Memorándum N° 341-2019-MSB-GM-OPE de fecha 26 de diciembre de 2019, la Oficina de Planificación Estratégica ratifica lo señalado por la unidad antes citada y emite opinión favorable al respecto; Que, con Informe N° 009-2020-MSB-OAJ de fecha 06 de enero de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta procedente emitir la Resolución de Alcaldía que modifique el "Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, incorporando los Servicios No Exclusivos a cargo de la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios, de Medicina, Odontología y Certificado Prenupcial, conforme al numeral 6) del artículo 20° y 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, con Memorándum N° 002-2020-MSB-GM de fecha 10 de enero de 2020, la Gerencia Municipal solicita se emita el acto administrativo requerido, a fin de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Salud Pública, la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios, la Oficina de Planificación Estratégica y la Gerencia Municipal; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019, incorporando los Servicios No Exclusivos a cargo de la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios, de Medicina, Odontología y Certificado Prenupcial, conforme al siguiente detalle: TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE ORGANO / UNIDAD ORGANICA A CARGO DEL SERVICIO: Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios Palacio Municipal: Av. Joaquín Madrid Nº 200 - San Borja DENOMINACIÓN DEL Nº REQUISITOS PRECIO S/ SERVICIO 1 Medicina General (Consulta) Vecino Pago de Servicio 12.00 Externo Pago de Servicio 20.00 2 Oximetria Digital Vecino Pago de Servicio Gratuito Externo Pago de Servicio 10.00 Atención en Medicina General en 3 Pago de Servicio Gratuito Consultorio a los Trabajadores 4 Controles de Signos Vitales Pago de Servicio Gratuito 5 Curación Mayor Vecino Pago de Servicio 10.00 Externo Pago de Servicio 15.00 6 Curación Menor Vecino Pago de Servicio 8.00 Externo Pago de Servicio 10.00

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