Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2020 (26/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de enero de 2020 /

El Peruano

TUPA en lo correspondiente a los procedimientos de Gerencia de Defensa Civil y la Gerencia de Licencias y Autorizaciones; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA EN LOS PROCEDIMIENTOS A CARGO DE LA GERENCIA DE DEFENSA CIVIL Y GERENCIA DE LICENCIAS Y AUTORIZACIONES Artículo 1.- Modificación de los procedimientos de la Gerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana y de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización Modifíquese los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de Gerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana y de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, contenidos en la Ordenanza Municipal N° 026-2014, de acuerdo al Anexo N° 01 el cual forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Gerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana y de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 027-2014 y modificatorias, correspondiente a la Gerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia General de Seguridad Ciudadana y de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, conforme al Anexo N° 02, que forma parte de la presente Ordenanza Municipal; así como los Formularios que se utilizan en la tramitación de los procedimientos. Artículo 3.- Publicación y Difusión de la Ordenanza Municipal Publíquese el texto de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, el texto del TUPA en el portal del Diario Oficial "El Peruano", difundiéndose, adicionalmente a través del Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao.gob.pe). Artículo 4.- Difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos Encárguese a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto, Inversiones y Desarrollo Institucional efectuar la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos incluyendo las modificaciones contenidas en la presente Ordenanza Municipal y tramitar su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao.gob.pe) y a la Gerencia de Informática la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano. gob.pe). Artículo 5.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

Artículo 6.- Derogatoria Deróguese toda norma que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1849153-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Ordenanza que aprueba incentivos por el pronto pago de arbitrios municipales 2020 del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2020-MDSA San Antonio 8, de enero del 2020 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ VISTO: La Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de enero del 2020, el Informe Nº 45-2019-GAT-MDSA emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum Nº 001-2020-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 002-2020-GAJ-MDSA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 006-2020-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 "Ley de Reforma Constitucional" precisa que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades "La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico (...)"; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme a lo señalado en las normas referidas precedentemente; así como, en el artículo 74º de la Constitución, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley"; Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, "los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; así mismo, el artículo 41º de la misma norma legal indica que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 348-2019-VIVIENDA de fecha 30 de octubre del 2019, emitida por el Ministerio de Vivienda Construcción y

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