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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2020 (26/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Domingo 26 de enero de 2020 El Peruano / VILLAVICENCIO y su cónyuge HILDA BERNANDA CARVO ALIAGA DE BONNETT; Declaran, que las Obras de Habilitación Urbana; se han Realizado conforme a las Especi fi caciones Técnicas de las Normas Existentes del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, asumiendo las responsabilidades que el caso amerite. Asimismo, se acogen al Artículo Cuarto de la Ordenanza N°341-MML, al haber variado el ancho de la Av. Los Virreyes, encontrándose dentro de la tolerancia establecida de dicha Norma. Que, mediante Informe Nº005-2020-MDA/GIU- SGHUE-RNLS, de fecha 08 de Enero de 2,020; emitido por el Área Técnica de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones concluye que el presente trámite es procedente, al respetar los planes urbanos y al haber cumplido los administrados con presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY N°27972, LEY N°27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, LEY N°29090 LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES, D.S. N°011-2017 Y EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS –TUPA, APROBADO MEDIANTE LA ORDENANZA N°403-MDA Y ORDENANZA N°429-MDA. SE RESUELVEArticulo Primero.- RECEPCIONAR, las obras básicas de habilitación urbana de conformidad con el Plano de Replanteo de Lotización signado con el N°002-2020-MDA/GIU-SGHUE y Memoria Descriptiva; para Uso Residencial de Densidad Media “RDM””; para Uso Residencial de Densidad Media “RDM””; del terreno con un área de 2,522.68 m2; constituido por la Mz B Lote 5 de la Parcelación Semi Rústica Zavaleta, inscrito en la Partida N°46617177; ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Del Área Bruta a Recepcionar de 2,522.68 m2, se ha cedido un área de vías de 31.55 m2 quedando un área útil total de 2,491.13 m2. Articulo Segundo.- INCORPORAR en la jurisdicción del distrito de Ate, la Habilitación Urbana que se aprueba y se recepciona con la presente Resolución. Articulo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario O fi cial “El Peruano”, en el plazo máximo de 30 días calendario de noti fi cados, por cuenta de los interesados. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la O fi cina Registral de Lima y Callao – SUNARP para los efectos de su Inscripción correspondiente; al SERPAR-LIMA, al Ministerio de Educación, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cumplase. CESAR ARMANDO OLIVERA FALCONI Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones 1848980-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Aprueban propuesta técnica de redelimitación territorial de los límites del distrito de San Bartolo y dictan otras disposiciones ACUERDO DE CONCEJO Nº 105-2019/MDSB San Bartolo, 10 de diciembre de 2019EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLO POR CUANTOEn Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha;VISTOEl Informe Nº 529-2019-GDT/MDSB de la Gerencia de Desarrollo Territorial, a través del Informe Nº 001-2019-JRBA del Consultor Técnico, y el Informe Nº 186-2019-GAJ/MDSB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre PROPUESTA DE REDELIMITACIÓN TERRITORIAL DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO, y; CONSIDERANDOQue, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, en concordancia con el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con el numeral 2.5 del artículo 2º de la Ley de Demarcación y Organización Territorial Nº 27795, señala lo siguiente: “Acciones Técnicas de Demarcación Territorial.- Son las creaciones, fusiones, delimitaciones y redelimitaciones territoriales, traslados de capital, anexiones de circunscripciones, centros poblados. La categorización de centros poblados y cambios de nombre son acciones de normalización. Todas las acciones descritas conforman el sistema nacional de demarcación territorial y las decisiones recaídas sobre ellas constituyen actos de administración, conforme a Ley” Que, en concordancia con el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, las acciones técnicas de demarcación territorial tienen como objetivos: a) Lograr una división racional y organizada del territorio nacional a partir de circunscripciones que garanticen el ejercicio del gobierno y la administración, facilitando la conformación de regiones. b) De fi nir circunscripciones territoriales que cuenten con poblaciones caracterizadas por su identidad histórica y cultural, su capacidad para demandar y mantener servicios básicos y sociales, así como contar con un ámbito geográ fi co soporte de sus relaciones, sociales, económicas y administrativas. c) Contribuir al desarrollo regional y nacional. 1. MARCO LEGAL- Constitución Política de 1993. - Ley Nº 30918, Ley que fortalece los mecanismos para el tratamiento de las acciones de demarcación territorial - Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial. - D.S. 019-2003-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27795. - Ley Nº 29533, Ley que implementa Mecanismos para la Demarcación Territorial. - D.S. 084-2013-PCM, Reglamento de la Ley Nº 29533. - Ley Nº 27292, Ley del Instituto Geográ fi co Nacional. - R.M. 100-2003-PCM, Normas de Gestión Técnica.- Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.- Ley Nº 10582, Ley de creación del distrito San Bartolo- Ley Nº 10966, Ley que adjudica terrenos de propiedad del Estado.