Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2020 (29/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de enero de 2020 /

El Peruano

Que, al respecto si bien es cierto, el artículo 70 de la Constitución Política del Perú, consagra el derecho a la propiedad y su ejercicio, también es cierto que, el ejercicio de este derecho se hace en armonía con el bien común y dentro de los límites de la ley, es decir, este derecho debe ceder ante las obligaciones del Estado y de la sociedad, máxime si se tiene en cuenta que la propia Constitución Política del Perú en su artículo 21 establece que el Patrimonio Cultural de la Nación está protegido por el Estado; Que, el derecho de propiedad y su ejercicio no pueden suponer desde ningún punto de vista, el desproteger o asignar usos incompatibles a la condición cultural de los monumentos arqueológicos prehispánicos, ya que el interés de la sociedad (en el que se comprende la protección del Patrimonio Cultural) reclama que los derechos sobre bienes culturales se ejerzan de forma apropiada, por lo que razonablemente se fijan restricciones, limitaciones y obligaciones a la propiedad por motivo del bien común (interés público) de la protección del bien cultural; Que, por Informe N° D000302-2019-DGPA/MC de fecha 7 de octubre de 2019, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuesta, elevando el expediente al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que se continúe con el trámite que corresponde; Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico "El Imperio", ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas; así como aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) del referido Sitio Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible, siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; en el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; y en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al "Sitio Arqueológico El imperio", ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya y departamento de Amazonas, según los datos que se señalan: Departamento Provincia Nombre del Sitio Distrito Arqueológico El Imperio Tingo Amazonas Luya Datum WGS84 Zona 18 Sur UTM Este 177615.0000 UTM Norte 9289340.0000

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1, así como del expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el sitio arqueológico declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución y su expediente técnico a la Municipalidad Distrital de Tingo, Municipalidad Provincial de Luya ­ Lamud, Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Amazonas, COFOPRI, Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura y Riego, para efectos de que el Sitio Arqueológico El Imperio sea considerada dentro de los planes de protección y conservación. Artículo 6.- Remitir copia certificada de la presente Resolución y su expediente técnico a la Unidad Ejecutora PROAMAZONAS en virtud del PROG-78-2009-SNIP "Establecimiento de las Bases para el Desarrollo Rural a través del Turismo, en el Corredor Turístico del Valle de Utcubamba, sector Pedro Ruiz- Leymebamba, región de Amazonas". Artículo 7.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a los señores Everlu Monteza Cruz, José Francisco Bardales Rodas, Luis Alberto Sánchez Zumaeta, Silvia Patricia Sánchez Zagaceta y a la Comunidad Campesina de Tingo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1849869-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP a Bolivia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0091-2020 DE/FAP Lima, 24 de enero de 2020 Visto, el Oficio NC-50-COA7-N° 0027 de fecha 06 de enero de 2020 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta Dir. AA.II Stria. N° 821/2019 de fecha 12 de diciembre de 2019, el Comandante General de Fuerza Aérea Boliviana invita a un (01) Oficial especialista para que participe en el intercambio de Asesor e Instructor de Vuelo en Entrenamiento Primario en aeronaves Zlin Z-242/L, a realizarse en la localidad de Chimoré - ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, por el lapso de once (11) meses a partir del mes de febrero a diciembre de 2020; Que, con el Facsímil Nº 0145 - AGBOL 2019 de fecha 17 diciembre 2019, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, comunica que el señor Comandante General de la Fuerza Aérea Boliviana hace la invitación para que un (01) Oficial especialista participe en el intercambio de Asesor e Instructor de Vuelo en Entrenamiento Primario en aeronaves Zlin Z-242/L, a realizarse en la ciudad de Chimoré - departamento de Cochabamba, Estado

Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico (Memoria Descriptiva, Ficha Técnica, Ficha Oficial de Inventario de Monumento Arqueológico, Ficha Técnica de Declaratoria como Patrimonio Cultural, Ficha de Registro Fotográfico) de delimitación del Sitio Arqueológico, de acuerdo al plano, área, perímetro y coordenadas siguientes: Nombre N° de Plano en Área (m2) Área (ha) Perímetro del Sitio Datum WGS84 (m) Arqueológico PP-088-MC_ El Imperio DGPA/DSFL- 32 211.03 3.2211 825.95 2018 WGS84

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