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12 NORMAS LEGALES Sábado 8 de febrero de 2020 / El Peruano Loreto, Gobierno Regional de Puno y Gobierno Regional de Ucayali, estas entidades deben remitir al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el informe de cumplimiento de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo, dentro de los cuatro (4) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente norma; siendo responsables de la veracidad y con fi abilidad de la información remitida. Asimismo, deben reportar al Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la ejecución presupuestal trimestral de los recursos transferidos. Artículo 3.- Propuesta de Dispositivo Autoritativo El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, luego de recibir los informes a que se re fi ere el artículo anterior, debe veri fi car el cumplimiento de las acciones previstas y establecer el monto a ser transferido a cada entidad, propondrá al Ministerio de Economía y Finanzas el dispositivo autoritativo para la transferencia de recursos, conforme a lo establecido en la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 4.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1853897-5 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2020 a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín y diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO N° 026-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial; Que, el literal a) del numeral 49.1 del artículo 49 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 214 043 613,00 (DOSCIENTOS CATORCE MILLONES CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES; precisándose en el numeral 49.2 del citado artículo, que los recursos se trans fi eren mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante los O fi cios N°s 0174, 0311 y 0373-2020-INDECI/4.0, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín y de veinticinco (25) Gobiernos Locales para fi nanciar las intervenciones priorizadas en las Actas N°s 15 y 16 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a setenta y cinco (75) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR) y veinticinco (25) Actividades de Emergencia; Que, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante los Memorandos N°s 016 y 030-2020-EF/63.04, emite opinión técnica acerca de setenta y cinco (75) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR); Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 37 084 491,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín y de veinticinco (25) Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar las intervenciones priorizadas en las Actas N°s 15 y 16 de la Comisión Multisectorial del FONDES, señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 49.1 y el numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 37 084 491,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín y de veinticinco (25) Gobiernos Locales, para fi nanciar las intervenciones priorizadas en las Actas N°s 15 y 16 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa CivilPROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastresPRODUCTO 3000001 : Acciones comunes