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15 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2020 El Peruano / a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, otorga la Certi fi cación de Buenas Prácticas de Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional, previa auditoria para veri fi car su cumplimiento; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la citada directiva, en el caso de certi fi cación de laboratorios extranjeros, estos abonarán en la cuenta del Ministerio de Salud, los montos correspondientes a la tarifa según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, más la cantidad que se de fi na en una Pre Liquidación que incluya los costos de pasajes y viáticos para el personal que realizará dicha certi fi cación; Que, de acuerdo a lo señalado en la Nota Informativa N° 1131-2019-DIGEMID-DG-DICER-UFLAB-AICLAB/MINSA, la empresa UNIMED DEL PERÚ S.A. ha solicitado la Certi fi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del laboratorio PHARMAYECT S.A. ubicado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, precisándose que la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para la certi fi cación antes señalada, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos, por lo que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas ha programado la inspección al citado laboratorio, del 18 al 26 de febrero de 2020; Que, según lo señalado en la Nota Informativa N° 009-2020-OT-OGA/MINSA, la O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Administración, ha veri fi cado el depósito efectuado por la empresa UNIMED DEL PERÚ S.A., conforme al Recibo de Ingreso N° 4776-2019, de fecha 27 de noviembre de 2019, con el cual se cubren íntegramente los costos del viaje de la inspección solicitada por la empresa en mención, incluyendo el pago de los pasajes y viáticos; Que, con Memorando N° 138-2020-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración informa que el viaje que realizarán el químico farmacéutico Edwin Alberto Coronado Faris y la química farmacéutico Betty Dany Llana Gagliuf fi , profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, para realizar la inspección solicitada, cuenta con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000767, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en tarifa económica, así como los viáticos correspondientes, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Informe N° 003-2020-EGC-ODRH- OGGRH/MINSA, de fecha 20 de enero de 2020, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos comunica la condición laboral de los profesionales propuestos para llevar a cabo la certi fi cación solicitada; Que, en tal sentido, considerando que la empresa UNIMED DEL PERÚ S.A. ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certi fi cación indicada a la que hace referencia la Ley N° 29459, Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de los profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al laboratorio antes señalado; Que, en atención a lo indicado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la auditoría de la Certi fi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), a fi n de supervisar las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y/o productos sanitarios por parte de los laboratorios extranjeros objeto de inspección y que serán materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica;Que, asimismo, la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Administración, de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modi fi catoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/DIGEMID V.01, “Directiva Administrativa para la Certi fi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros”, aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA, y modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA; y la Directiva Administrativa N° 274-MINSA-2019/OGA, “Directiva para el Otorgamiento y la Rendición de Viáticos, Pasajes y Otros Gastos de Viaje”, aprobada por Resolución Ministerial N° 799-2019/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios, el viaje del químico farmacéutico Edwin Alberto Coronado Faris y de la química farmacéutico Betty Dany Llana Gagliuf fi , profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 17 al 27 de febrero de 2020, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa UNIMED DEL PERÚ S.A., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abono veri fi cado por la O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle: • Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 920.46 incluido TUUA): US$ 1,840.92 • Viáticos por 10 días para 2 personas (c/persona US$ 3,000.00): US$ 6,000.00 TOTAL :US$ 7,840.92 Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1855948-1 Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2020/MINSA Lima, 14 de febrero del 2020