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24 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2020 / El Peruano Artículo 5.- Encargar al Responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ, que como máximo el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, efectúe la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíqueseLUIS TORRES PAZ Gerente General (e) 1855652-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de enero 2020 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 015-2020-INGEMMET/PE Lima, 10 de febrero de 2020VISTO, el Informe Nº 007-2020-INGEMMET/DCM, de fecha 10 de febrero de 2020, emitido por la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de enero de 2020. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Público de Minería, actualmente INGEMMET, publicará mensualmente en el Diario Ofi cial “El Peruano”, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, de fecha 05 de julio de 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publíquese en el Diario O fi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados el mes de enero de 2020, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese.HENRY LUNA CORDOVA Presidente Ejecutivo 1854392-1PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Precisan funcionamiento de diversos Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Lima en el período vacacional PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 071-2020-P-CSJLI-PJ Lima, 14 de febrero de 2020VISTA:La Resolución Administrativa N° 501-2019-CE-PJ, las Resoluciones Administrativas N° 019 y 032 -2020-P-CSJLI/PJ; y, la solicitud presentada por la doctora Virginia María Medina Sandoval, Juez Titular del 6° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, estando a lo expuesto por la Magistrada Virginia María Medina Sandoval, Juez Titular del 6° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales, proceder a disponer la permanencia solicitada situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, estando a lo expuesto, y atendiendo a la facultad discrecional que se otorga a los Presidentes de las Cortes Superiores corresponde que la Presidencia adopte las medidas administrativas pertinentes, y se modi fi quen sólo en estos extremos las Resoluciones Administrativas N° 019 y 032-2020-P-CSJLI/PJ disponiéndose su permanencia por el periodo del 16 de febrero al 01 de marzo del presente año. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- PRECISAR sólo en los siguientes extremos el funcionamiento de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia en el periodo vacacional comprendido del 01 de febrero al 01 de marzo del presente año: Sala Laboral de VacacionesCon competencia en lo Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (4 salas); y, Primera Sala Laboral Transitoria (Del 01 al 15 de febrero) Dra. Ofelia Mariel Urrego Chuquihuanga Dra. Mercedes Isabel Manzanares CamposDra. Yanira Geeta Cunyas Zamora(p) (Del 16 de febrero al 01 de marzo) Dra. Mercedes Dolores Gómez Marchisio Dra. Norma Gregoria Farfán Osorio(p)Dr. José Clemente Escudero López(p) Segunda Sala Laboral Transitoria(Del 01 al 15 de febrero) Dr. Abrahan Percy Torres Gamarra Dr. Oswaldo César Espinoza LópezDra. Rocío Del Pilar Romero Zumaeta