Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2020 (15/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 15 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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VISTO, el Informe N° 87-2019-GPP/MM de fecha 30 de diciembre de 2019, a través del cual se recomienda la reconformación del Comité de Inversiones de la Municipalidad de Miraflores, dotándosele de una estructura que permita cumplir fines técnicos y especializados, considerando la finalidad de la Política de Promoción de la Inversión Privada, la atención de la población y en general, el bien común; y el Informe Legal N° 028-2020GAJ/MM de fecha 04 de febrero de 2020, mediante el cual, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable suscribir la propuesta presentada por la Gerencia de Planificación y Presupuesto respecto a la recomendación de reconformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de Miraflores; y, CONSIDERANDO: Que, la municipalidad es un órgano de gobierno local que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por Decreto Legislativo N° 1362 vigente desde el día siguiente de la publicación de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, publicado el 30 de octubre de 2018, se derogó el Decreto Legislativo N° 1224; Que, mediante los artículos 3 y 6 del Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada, se declaró de interés nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país, y que entre otras entidades, el Gobierno Local asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en dicha norma; Que, a su vez, el artículo 7 numeral 7.1, 7.2 y 7.3 del Decreto Legislativo N° 1362 establece que las entidades públicas titulares de proyectos que prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el referido Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; el que asume los roles de Organismo de Promoción de la Inversión Privada y órgano de coordinación con Proinversión y el Ministerio de Economía y Finanzas, así como que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada, se efectúa mediante Resolución de Alcaldía, en el caso de los gobiernos locales, y que dichas Resoluciones se publican en el diario oficial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que por su parte, el artículo 17 numeral 17.2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362 aprobado mediante Decreto Supremo N° 240-2018-EF, prescribe que en caso de un Gobierno Local, las funciones del Comité de Promoción de la Inversión Privada - CPIP, son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 006-2016A/MM de fecha 06 de enero de 2016 se designó a los miembros del Comité de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Miraflores que actúa como Organismo Promotor de la Inversión Privada; Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través del Informe N° 87-2019-GPP/MM de fecha 30 de diciembre de 2019 recomienda la reconformación del Comité de Inversiones de la Municipalidad de Miraflores, dotándosele de una estructura que permita cumplir fines técnicos y especializados, considerando la finalidad de la Política de Promoción de la Inversión Privada, la atención de la población y en general, el bien común; Que, por tales consideraciones es necesario crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de Miraflores, conforme a la nueva normativa vigente;

Estando a lo expuesto, conforme a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 43° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero. ­ CREAR el Comité de Promoción de la Inversión Privada ­ CPIP de la Municipalidad Distrital de Miraflores, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 240-2018-EF. Artículo Segundo.- DESIGNAR como integrantes del Comité de Promoción de la Inversión Privada ­ CPIP de la Municipalidad de Miraflores, el que actuará como Organismo Promotor de la Inversión Privada en el distrito, en las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo N° 1362, a los siguientes miembros: - Gerente Municipal, que lo presidirá - Gerente de Administración y Finanzas - Gerente de Asesoría Jurídica La Gerencia de Planificación y Presupuesto actuará como suplente en caso de ausencia justificada de alguno de los miembros. Artículo Tercero.- ESTABLECER que el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad de Miraflores, es un órgano colegiado que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa aplicable, y asume los siguientes roles: 1.- Organismo Promotor de la Inversión Privada en procesos de promoción bajo su competencia, ejerciendo las funciones necesarias para conducir y concluir dichos procesos. 2.- Órgano de coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión. 3.- Otras funciones señaladas en el Decreto Legislativo N° 1362, su Reglamento y demás normativa complementaria aplicable. Artículo Cuarto.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada debe instalarse a la brevedad debiendo todos los órganos de la municipalidad brindarle las facilidades y atención a los requerimientos que formulen en estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de promoción de la inversión privada. Artículo Quinto. ­ DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 006-2016-A/MM de fecha 06 de enero de 2016. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación y Presupuesto hacer de conocimiento y solicitar la inscripción del Comité de Promoción de la Inversión Privada ­ CPIP de la Municipalidad Distrital de Miraflores, conformado mediante la presente Resolución, en el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación en el portal institucional (www.miraflores.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1855538-1

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