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13 NORMAS LEGALES Martes 9 de junio de 2020 El Peruano / N° TipoProyecto o ProgramaDenominación InstituciónN° de Convenio o Contrato Monto Total del desembolso en Soles S/ 7 ProyectoElaboración de Mascarilla en Tejido de Punto Rectilíneo Reutilizable Capaz de Proteger al Usuario contra el Virus COVID 19, Adecuado para uso de Personal de Salud y Personas Expuestas por Condiciones LaboralesWAKA-S TEX- TILES FINOS S.A.C.061-2020 180,000.00 TOTAL 1’338,247.00 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO PresidentaConsejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación TecnológicaCONCYTEC 1867519-1 Formalizan la aprobación de la “Guía de Grupos, Centros, Institutos y Redes de Investigación en Ciencia y Tecnología” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 50-2020-CONCYTEC-P Lima, 5 de junio de 2020VISTOS: El Informe N° 003-2020-CONCYTEC- DPP-SDCTT/JLBS, Proveído N° 108-2020-DPP-SDCTT de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos, y Proveído N° A1-2020-CONCYTEC-DPP de la Dirección de Políticas y Programas de CTI; el Informe N° 020-2020-CONCYTEC-OGPP-OMGC y Proveído N° 091-2020-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 048-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 233-2020-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía cientí fi ca, técnica, económica, administrativa y fi nanciera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), y en la Ley N° 30806, que modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, y en los Decretos Supremos N°s 058-2011-PCM y 067-2012-PCM; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 28613, el CONCYTEC tiene por fi nalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos de las instituciones públicas, académicas, empresariales, organizaciones sociales y personas integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT); Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica indica que conforme al artículo 7 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) en ciencia y tecnología y a su promoción; entre las que se encuentran las universidades públicas y privadas, y los institutos y escuelas de educación superior, siendo el CONCYTEC el ente rector del referido sistema, Que, asimismo, la citada O fi cina precisa que el artículo 11 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, establece las funciones del CONCYTEC, entre las que se encuentran las siguientes: h) Promover la articulación de la investigación cientí fi ca y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país; k) Formular, aprobar y ejecutar programas especiales de CTI orientados a la formación, perfeccionamiento, retención y colaboración de cientí fi cos y tecnológicos, así como para el apoyo a la investigación universitaria, el uso de la vigilancia tecnológica y la prospectiva tecnológica, así como la promoción de la gestión y de los proyectos de innovación, transferencia, difusión, intercambio y divulgación de la CTI; y, x) Emitir normas en materia de ciencia, tecnología e innovación con la fi nalidad de que los integrantes del SINACYT alineen sus políticas, proyectos, programas y actividades a la política, plan y estrategia nacional en materia de CTI; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que el artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, señala que la Dirección de Políticas y Programas de CTI es el órgano de línea encargado de proponer para su aprobación los programas de CTI, responsable de dirigir y supervisar el proceso de diseño y formulación de la política y planes nacionales en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, siendo una de sus funciones normar, dirigir, coordinar y articular el SINACYT; Que, de acuerdo al marco normativo señalado, la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos de la Dirección de Políticas y Programas de CTI, mediante Informe N° 003-2020-CONCYTEC-DPP-SDCTT/JLBS y Proveído N° 108-2020-DPP-SDCTT, propone la “Guía de Grupos, Centros, Institutos y Redes de Investigación en Ciencia y Tecnología” cuyo objetivo es promover y fortalecer las actividades de investigación y desarrollo (I+D) a través de la constitución de grupos, centros, institutos y redes de investigación en universidades licenciadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU); Que, asimismo, la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos, en dicho Informe sustenta técnicamente la aprobación de la Guía de Grupos, Centros, Institutos y Redes de Investigación en Ciencia y Tecnología concluyendo que el Plan Nacional Estratégico de Ciencia, Tecnología e Innovación para la Competitividad y el Desarrollo Humano 2006-2021 establece como uno de los objetivos especí fi cos impulsar la investigación cientí fi ca y tecnológica orientada a la solución de problemas y satisfacción de demandas en las áreas estratégicas prioritarias del país. Este objetivo a su vez, tiene entre sus estrategias el promover y fortalecer mecanismos asociativos para mejorar la producción cientí fi ca y tecnológica, a través de una línea de acción como es el crear y fortalecer redes que vinculen y