Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2020 (11/06/2020)


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Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 11/06/2020 18:13:59

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15477
JUEVES 11 DE JUNIO DE 2020

1

EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
CULTURA R.M. N° 151-2020-MC.- Aprueban los "Lineamientos para la aplicación de los mecanismos de amortiguamiento para mitigar los efectos económicos en el Sector Cultura producidos en el contexto de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2020" 1 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 140-2020-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa 2

PODER EJECUTIVO

CULTURA
Aprueban los "Lineamientos para la aplicación de los mecanismos de amortiguamiento para mitigar los efectos económicos en el Sector Cultura producidos en el contexto de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2020-MC Lima, 11 de junio de 2020 VISTOS, el Memorando N° 000048-2020-VMPCIC/ MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000272-2020-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y Memorando Nº 000315-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, el cual constituye pliego presupuestal del Estado;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2020, se aprueban los Mecanismos de Amortiguamiento para mitigar los efectos económicos en el Sector Cultura producidos en el contexto de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, con el objetivo de aprobar mecanismos extraordinarios de amortiguamiento para mitigar los efectos socioeconómicos originados en las Industrias Culturales, las Artes, así como en las expresiones del Patrimonio Cultural Inmaterial y afines como consecuencia de las necesarias acciones adoptadas por el gobierno en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada a nivel nacional por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, en adelante Emergencia Sanitaria, a fin de fomentar el acceso, oferta, producción, circulación y promoción de bienes y servicios culturales; Que, los numerales 11.1 y 11.2 del artículo 11 del referido Decreto de Urgencia establecen que los procedimientos especiales, las condiciones, límites de los apoyos económicos, medios probatorios, el contenido del plan de amortiguamiento, los mecanismos para la rendición de cuentas, los criterios técnicos y financieros, y demás disposiciones para el otorgamiento de los Apoyos Económicos; así como, las características, condiciones y demás disposiciones para la adquisición de los contenidos culturales a los que se refiere el numeral 10.1 del artículo 10 del citado Decreto de Urgencia son aprobadas por resolución de la Titular del Ministerio de Cultura; Que, a través de los documentos de los Vistos, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y la Dirección General de Patrimonio Cultural, sustentan la propuesta de "Lineamientos para la aplicación de los mecanismos de amortiguamiento para mitigar los efectos económicos en el Sector Cultura producidos en el contexto de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19, en el marco del Decreto de Urgencia N° 058-2020"; la misma que es

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