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7 NORMAS LEGALES Jueves 11 de junio de 2020 El Peruano / encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio N° 002-2020-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali Sociedad Anónima. Artículo 5.- La Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali Sociedad Anónima debe informar a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas Anexo a la R.M. N° 143-2020-MINEM/DM CARTERA DE PROYECTOS DE LA EMPRESA CONCESIONARIA DE ELECTRICIDAD DE UCAYALI SOCIEDAD ANÓNIMA PARA LA TRANSFERENCIA D.S. N° 033-2015-EM N° NOMBRE DEL PROYECTO DEPARTAMENTO INVERSIÓN S/. 1AMPLIACIÓN DE LA ELECTRIFICACIÓN EN LA LOCALIDAD DE SAN ALEJANDRO, DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD - UCAYALIUCAYALI 1 096 431,09 2MEJORAMIENTO DE REDES DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LA JUNTA VECINAL 20 DE NOVIEMBRE, CENTRO POBLADO DE HUIPOCA, DISTRITO DE PADRE ABAD, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALIUCAYALI 305 046,50 3MEJORAMIENTO DE LA ELECTRIFICACIÓN RURAL EN EL CASERIO NUEVO UCAYALI, DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD - UCAYALIUCAYALI 413 206,57 4MEJORAMIENTO DE LA ELECTRIFICACIÓN RURAL EN EL CASERIO NUEVA ESPERANZA, DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD - UCAYALIUCAYALI 202 003,95 5MEJORAMIENTO DE REDES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA JUNTA VECINAL GLICERIO PIMENTEL DEL CENTRO POBLADO HUIPOCA, DISTRITO DE PADRE DE ABAD, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALIUCAYALI 305 377,51 6MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE REDES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL CENTRO POBLADO PREVISTO, DISTRITO DE PADRE ABAD, PROVINCIA DE PADRE ABAD - UCAYALI - DEPARTAMENTO DE UCAYALIUCAYALI 335 925,50 TOTAL ELECTRO UCAYALI S.A. 2 657 991,12 1867576-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 150-2020-MINEM/DM Lima, 8 de junio de 2020VISTOS: El Informe N° 077-2020-MINEM-OGPP/ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 302-2020-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el acápite i, literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a fi nanciar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles); Que, dicha norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii; así también, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, en atención a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, el MINEM y el Gobierno Regional del Callao suscribieron el 03 de junio de 2020, el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la dirección y/o gerencia regional de Energía y Minas, a fi n de que cuente con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; Que, mediante el mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional del Callao, por el monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de la dirección o gerencia regional de Energía y Minas, según el detalle establecido en el convenio, precisando para tal efecto que el MINEM realizará dos transferencias fi nancieras al mencionado Gobierno Regional, una en el primer semestre del año 2020 y otra en el segundo semestre del mismo año, siendo cada transferencia correspondiente al 50% del monto antes señalado; Que, a través del Informe N° 077-2020-MINEM- OGPP/ODICR de fecha 03 de junio de 2020, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, precisa que el Gobierno Regional del Callao cumplió con presentar el informe de avances y logros correspondiente al segundo semestre del año 2019, por lo que da su conformidad para ejecutar la primera transferencia del año 2020; asimismo, señala que la O fi cina de Presupuesto en fecha 23 de enero de 2020, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2020-00350-001 con cargo a la Meta N° 0045 y SIAF N° 0000000329, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos presupuestales del MINEM a favor del Gobierno Regional del Callao, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en el acápite i, literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público;