Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2020 (07/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 7 de marzo de 2020
PROCESO MARZO 2020 ABRIL 2020

NORMAS LEGALES
MAYO 2020 04

83 PROVINCIAS

04- 22 23-31 01 - 05 06 13 20 27 Taller de Trabajo de definición de Criterios de Priorización. Evaluación técnica de Prioridades. Formalización de los Acuerdos.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ICHUÑA
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2019-A/MDI

CAPÍTULO VIII DE LAS FALTAS Y SANCIONES Artículo 24.-Se consideran faltas a las normas de convivencia, las siguientes: · Agresión física y/o verbal que pudiera producirse entre agentes participantes. · Asistir a las reuniones y talleres de trabajo en estado etílico o haber consumido drogas. · Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres de trabajo. · Interrupción constante de los Agentes Participantes en los talleres de trabajo. Las sanciones las aplicará el Equipo Técnico según la gravedad o reiteración de las faltas, de la manera siguiente: · La primera vez, se invocará al agente participante el cese de la falta cometida, durante el desarrollo del Proceso. · La segunda Vez: Se ordenará al agente participante el cese de la falta cometida de forma reiterada durante el desarrollo de las reuniones o talleres. · Por tercera Vez: El Agente Participante será retirado del taller de trabajo y se enviará una solicitud a la organización que representa, para la sustitución del representante. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera: Los resultados del Presupuesto Participativo serán publicados en el portal Web de la Municipalidad (www.munichorrillos.gob.pe) y el aplicativo informático del Ministerio de Economía y Finanzas. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca anualmente el cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados y dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, para el mejor desarrollo del Proceso. Tercera.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Equipo Técnico en forma supletoria con lo normado para el proceso. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Quinta.- Dejar sin efecto toda norma que se contraponga a la presente Ordenanza. Sexta.- Encargar a la Gerencia de Informática y Tecnología la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Chorrillos www.munichorrillos.gob.pe; y a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial el Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1862081-1

Ichuña, 10 de diciembre del Año 2019. El Concejo municipal de la honorable municipalidad distrital de ichuña - provincia general sánchez cerro región moquegua Vistos.- El Informe N° 142 - 2019 - HWCQ - GAJ/MDI, Informe N° 211 - 2019 - GPPR/GM/MDI. CONSIDERANDOS: Que, conforme el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley orgánica de municipalidades, concordante con el artículo 194º de la constitución política del perú, establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local y como tales son personas jurídicas de derecho público con autonomía, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Informe N° 142 - 2019 - HWCQ - GAJ/MDI, de fecha 27 de noviembre del 2019, emitido por el gerente de asesoría jurídica, abogado héctor williams cubas querevalú con registro ilustre colegio de abogados de moquegua N° 0508, emite opinión favorable para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con su nueva estructura orgánica municipal de la municipalidad distrital de Ichuña - provincia General Sánchez Cerro - región Moquegua. Que, mediante Informe N° 211 - 2019 - GPPR/GM/ MDI, de fecha 28 de noviembre del 2019, emitido por el gerente de planificación, presupuesto y racionalización, C.P.C. sergio samuel torres montes, con registro colegio de contadores públicos de moquegua Nº 20 - 108, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con su nueva estructura orgánica municipal de la municipalidad distrital de Ichuña - provincia general Sánchez Cerro región Moquegua. Que, conforme el acta de sesión ordinaria N° 025 2019/CM, de fecha 06 de diciembre del 2019, el pleno del concejo municipal de la municipalidad distrital de ichuña - provincia general Sánchez cerro - región moquegua, aprobó por unanimidad el documento de gestión municipal denominado reglamento de organización y funciones (ROF) de la municipalidad distrital de ichuña - provincia general Sánchez cerro región moquegua. Que, conforme el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 043 - 2006 - PCM, tiene como finalidad que todas las entidades públicas, cuenten con un reglamento de organización y funciones, que contengan una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de sus funciones, siendo un documento técnico - normativo de gestión institucional. Que, conforme el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 043 - 2006 - PCM, establece la obligatoriedad de los lineamientos de la entidades públicas, para elaborar su reglamento de organización y funciones. Que, conforme el artículo 34 del Decreto Supremo Nº 043 - 2006 - PCM, establece que el reglamento de organización y funciones, se aprobará en el caso de gobiernos locales (Municipalidades), mediante ordenanza municipal.

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