Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2020 (07/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

84

NORMAS LEGALES

Sábado 7 de marzo de 2020 /

El Peruano

Que, conforme el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 043 - 2006 - PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del reglamento de organización municipal - ROF, por parte de la entidades de administración pública, lo define como un documento técnico normativo de gestión institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad al esfuerzo institucional y al logro de su visión, misión y objetivos, el cual contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Que, conforme el artículo 40 de la Ley orgánica de municipalidades Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, conforme el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, corresponde al concejo municipal la emisión de las ordenanzas, tiene rango de ley y en efecto ha dado la siguiente ordenanza.

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, el documento de gestión municipal denominado reglamento de organización y funciones (ROF), con su nueva estructura orgánica municipal de la municipalidad distrital de Ichuña - provincia general Sánchez cerro - región Moquegua. Artículo Segundo.- Encargar, a la oficina de secretaria general realizar la publicación de la presente ordenanza municipal, en el diario oficial el peruano, en lo referente a la aprobación del documento de gestión denominado ROF y su nueva estructura orgánica municipal. Artículo Tercero.- Disponer, la adecuación de los demás instrumentos de gestión, según la normatividad vigente, conforme los plazos necesarios para su elaboración. Artículo Cuarto.- Dejar, sin efecto la Ordenanza Municipal N° 008 - 2016, de fecha 23 de junio del 2016 y los todos los documentos de gestión que se opongan al presente. Regístrese, comuníquese y publíquese ANGEL PAULINO MAMANI ROQUE Alcalde 1861820-1

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades públicas que para publicar sus dispositivos en la separata de normas legales, con o sin anexos, se tomará en cuenta lo siguiente: 1. 2. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con el respectivo registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente el archivo en una unidad de almacenamiento, o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. En caso de que se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. Asimismo, los archivos de las normas que aprueban TUPAs o su modificación, deberán enviarse al correo electrónico tupaweb@editoraperu.com.pe. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto deberá ser redactado en formato Word, en caso incluya gráficos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA.

3. 4.

5.

6. 7.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.