Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2020 (07/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Sábado 7 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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- Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien estará encargado de la Secretaría Técnica. - Municipalidad Provincial de Cajamarca ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Cajabamba ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Celendín ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de San Pablo ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Contumazá ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de San Miguel ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de San Marcos ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Chota ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Cutervo­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Hualgayoc ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Jaén ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de San Ignacio ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Municipalidad Provincial de Santa Cruz ­ Gerencia de Desarrollo Social. - Dirección Regional de Salud de Cajamarca. - Dirección Regional de Educación de Cajamarca. - Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. - Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. - Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - Dirección Regional de Agricultura. - Dirección Regional de Producción. - Secretaría Técnica Regional de Seguridad Ciudadana. - Representante acreditado/a de ESSALUD. - Representante acreditado/a de la Unidad Desconcentrada Regional Cajamarca ­ Seguro Integral de Salud. - Representante acreditado/a de la Corte Superior de Justicia. - Representante acreditado/a de la Junta de Fiscales Superiores. - Representante acreditado/a de la Defensoría del Pueblo. - Representante acreditado/a del Instituto Peruano del Deporte ­ IPD. - Representante acreditado/a de la Policía Nacional del Perú. - Representante acreditado/a del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ­ MIDIS. - Representante acreditado/a del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65. - Representante acreditado/a de la Sociedad de Beneficencia Pública. - Representante acreditado/a del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil­RENIEC. - Representante acreditado/a del Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI. - Representante acreditado/a de la Oficina Regional de Atención a la Persona con Discapacidad­OREDIS. - Representante acreditado/a de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza. - Representante acreditado/a del Centro Emergencia Mujer. - Un representante de las organizaciones de Personas Adultas Mayores registradas debidamente acreditada. Segundo: MODIFICAR el ARTÍCULO TERCERO de la parte resolutiva de la Ordenanza Regional Nº019-2011GR.CAJ-CR, en los siguientes términos: ESTABLECER como funciones del COREPAM, los siguientes: 1. Promover la participación responsable y solidaria de las personas adultas mayores.

2. Promover, diseñar, formular, monitorear y validad las políticas en materia de Personas Adultas Mayores, en concordancia con las políticas nacionales. 3. Contribuir a la coordinación de las políticas públicas, planes y acciones en el ámbito del Gobierno Regional de Cajamarca. 4. Informar a la sociedad sobre los resultados de las políticas y planes aprobados e implementados en materia de personas adultas mayores. 5. Realizar el seguimiento al cumplimiento de la implementación de la Política Nacional en relación a las personas adultas mayores, de competencia Regional. 6. Otros que indiquen su reglamento interno. Tercero: ESPECIFICAR QUE QUEDAN subsistentes los demás extremos de la Ordenanza Regional Nº0112019-GR.CAJ/CR. Cuarto: ENCARGAR a la Subgerencia de Asuntos Poblacionales ­ Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la presente Ordenanza, efectuando las acciones necesarias para tal fin. Quinto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca. gob.pe) En Cajamarca, a los 14 días del mes de Octubre de Dos Mil Diecinueve. ERNESTO SAMUEL VIGO SORIANO Consejero Delegado Presidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA. POR TANTO Mando se publique y cumpla Dado en Cajamarca a los 18 días del mes de octubre de 2019. MESÍAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN Gobernador Regional 1861815-1

Ordenanza que conserva y protege el suelo orgánico y cobertura vegetal del Ecosistema Jalca
ORDENANZA REGIONAL N° 0007-2019-GR.CAJ-CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO DE CAJAMARCA POR CUANTO El Consejo Regional de la Región Cajamarca, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; en la Décimo Primera Sesión Ordinaria de fecha 08 de Noviembre de 2019, ha aprobado la presente Ordenanza Regional: VISTO: El Dictamen N°D000002 presentado por las Comisiones Ordinarias de Gestión Ambiental Sostenible y Asuntos Jurídicos CONSIDERANDO: Que, en observancia a lo dispuesto en el Artículo 68° de la Constitución Política del Perú "Es obligación del

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