Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2020 (10/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

6

NORMAS LEGALES

Martes 10 de marzo de 2020 /

El Peruano

Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios Nºs. 178 y 00194-2020ARCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, de dos (02) Gobiernos Regionales y de cincuenta y tres (53) Gobiernos Locales, para financiar noventa y cuatro (94) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a noventa (90) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), un (01) proyecto de inversión y tres (03) intervenciones para la elaboración de expedientes técnicos; Que, el numeral 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley Nº 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones; Que, de acuerdo al numeral 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de financiamiento de las IRI, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según

la información registrada en el Banco de Inversiones; contando con dicha opinión técnica conforme a los Memorandos Nºs. 063 y 067-2020-EF/63.04. Asimismo, la citada Dirección General remite el estado situacional del proyecto de inversión; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 169 919 056,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor de dos (02) pliegos del Gobierno Nacional, de dos (02) Gobiernos Regionales y de cincuenta y tres (53) Gobiernos Locales, para financiar noventa y cuatro (94) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 49.1, el numeral 49.2 del artículo 49 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades públicas que para publicar sus dispositivos en la separata de normas legales, con o sin anexos, se tomará en cuenta lo siguiente: 1. 2. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con el respectivo registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente el archivo en una unidad de almacenamiento, o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. En caso de que se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. Asimismo, los archivos de las normas que aprueban TUPAs o su modificación, deberán enviarse al correo electrónico tupaweb@editoraperu.com.pe. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto deberá ser redactado en formato Word, en caso incluya gráficos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA.

3. 4.

5.

6. 7.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.