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21 NORMAS LEGALES Martes 10 de marzo de 2020 El Peruano / Que, en la precitada norma se autoriza que las transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas a las que se re fi ere se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano. La facultad para la aprobación de las subvenciones a que se re fi ere la presente disposición, referidas al ámbito del mencionado Programa Nacional, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del respectivo Programa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 024-2020- PRODUCE, publicada en fecha 18 de enero de 2020 en el Diario O fi cial El Peruano, entre otros, se delegó en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, la facultad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación. Que , a través del Informe Nº 012-2020-PRODUCE- PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, se ha establecido la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura, derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura respectivamente. Asimismo, señala que ha veri fi cado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados para las entidades privadas que ejecutan subproyectos adjudicados en el marco del indicado Concurso, validando los desembolsos, detallando el monto total y por fuente de fi nanciamiento que debe aplicarse en los desembolsos señalados en los cuadros que forman parte de los Anexos 1 y 2 de la presente resolución; Que, asi mismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Ofi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial Nº 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo”, prevé que el PNIPA debe informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 396-2016-EF, Contrato de Préstamo Nº 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial, Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Resolución Ministerial Nº 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial Nº 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial Nº 024-2020-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autor izar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019 en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura, respectivamente , señaladas en los cuadros de los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 1,298,026.18 (Un millón doscientos noventa y ocho mil veintiséis con 18/100 soles), correspondiendo el monto de S/ 512,796.82 (Quinientos doce mil setecientos noventa y seis con 82/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), y el monto de S/ 785,229.36 (Setecientos ochenta y cinco mil doscientos veintinueve con 36/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito y de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, O fi cinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Asimismo disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas O fi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial Nº 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo” deben elaborar la información para cumplir con informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral. Asimismo, disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas O fi cinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas por el Programa, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las Unidades y Ofi cinas Macro Regionales – OMR del Programa y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSMARY CORNEJO VALDIVIA Directora Ejecutiva (e)Programa Nacional de Innovaciónen Pesca y Acuicultura