Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2020 (21/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de marzo de 2020 /

El Peruano

de los años 2015 al 2019 y reiteradamente remita los Balances auditados correspondiente a los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, aplicando la Norma Internacional de Contabilidad (NIC 1) sobre la presentación de los Estados Financieros siguientes: 1) Estado de Situación Financiera 2) Estado de Resultados Integrales 3) Estado de Cambios en el Patrimonio 4) Estado de Flujo de Efectivo 5) Notas Explicativas que incluyan la Políticas Contables g) Con fecha 27 de febrero de 2020, ante la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Agustino de Turno, la Municipalidad Distrital de El Agustino a través de la Procuraduría Publica Municipal ha presentado Denuncia Penal contra YEREMI ARON ESPINOZA VELARDE Gerente General del Grupo DAFI ASOCIADOS SAC, por los delitos contra el Patrimonio ­ FRAUDE EN LA ADMINISTRACION DE PERSONAS JURIDICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAR A LOS TERCEROS LA VERDADERA SITUACION DE LA PERSONA JURIDICA FALSEANDO LOS BALANCES y CONTABILIDAD PARALELA; así mismo por los delitos CONTRA LA FE PUBLICA ­ FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS en agravio del Estado- Municipalidad Distrital de El Agustino, con el fin de que en dicha sede Fiscal se inicien las acciones de investigación y se denuncie penalmente ante el Poder Judicial por los delitos denunciados; h) Con fecha 11 de marzo de 2020 se envió CARTA NOTARIAL Carta N° 110-2020-GEMU-MDEA, donde se reitera al Grupo DAFI Asociados S.A.C., lo solicitado en las cartas cursadas de fecha 15 de julio del 2019, 31 de julio del 2019 y de fecha 13 de diciembre del 2019, el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la cláusula quinta referidas a las obligaciones del Grupo DAFI Asociados S.A.C. del Convenio de Cooperación Interinstitucional: - El informe correspondiente y la relación de beneficiarios de acuerdo a los incisos "c)", "e)" y "o)" correspondiente a los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y el correspondiente al año 2019 - Los Balances auditados correspondientes a los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y el correspondiente al año 2019. i) Con fecha 11 de marzo de 2020 se envió CARTA NOTARIAL Carta N° 111-2020-GEMU-MDEA, solicitando en el plazo de 05 días calendario, remita el informe correspondiente a los años 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 referente al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la cláusula quinta del Convenio de Cooperación Interinstitucional y reafirmado en el Convenio Complementario de Cooperación Interinstitucional, específicamente las contenidas en los incisos "c)", "d)", "e)", "h)", y "J)". Además, solicitamos se brinde consulta gratuita en el servicio de medicina general a los directivos de los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC), integrantes de las Rondas Vecinales de Seguridad, trabajadores recicladores formalizados y sus familiares directos, acreditados y autorizados por la Municipalidad, obligación que no se ejecutó durante la gestión anterior (gestión 2015-2018). 2.- Ante el incumplimiento de nuestras reiteradas cartas notariales, el Grupo DAFI Asociados S.A.C., con fecha 15 de agosto de 2019, mediante documento, nos solicita establecer la coordinación necesaria a fin de implementar la cláusula cuarta del Convenio de Cooperación Interinstitucional, referentes a los incisos "c)", "d)" y "e)"; y con fecha 28 de agosto de 2019, indica que ya ha cumplido con el pago de utilidades según convenio, sin adjuntar sustento alguno de prueba. No sería viable pretender implementar mecanismos de coordinación, sin que el Grupo DAFI Asociados S.A.C. haya cumplido con los requerimientos de nuestras reiteradas cartas notariales, también porque la cláusula cuarta del Convenio de Cooperación Interinstitucional no comprende en su totalidad todas las obligaciones asumidas por el Grupo DAFI Asociados S.A.C. y así

mismo por no haber cumplido con la cláusula quinta inciso "r)" del Convenio de Cooperación Interinstitucional. 3.- Por lo expuesto, ante el incumplimiento del Convenio de Cooperación Interinstitucional y de nuestras reiteradas solicitudes con cartas notariales, incluyendo la no entrega de los Estados Financieros auditados y los pagos efectuados correspondientes de los años 2015 al 2019 por el Grupo DAFI Asociados S.A.C., en salvaguarda de los intereses de los agustinianos, a quienes debe estar orientado los beneficios, solicitar al Concejo Municipal la aprobación de: - APOYAR LA DENUNCIA PENAL N° 295-2020 PRESENTADO POR EL PROCURADOR DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO ANTE LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE EL AGUSTINO ­ PRIMER DESPACHO CONTRA YEREMI ARON ESPINOZA VELARDE, ASÍ COMO APOYAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL, CONVENIO COMPLEMENTARIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y ADENDA AL CONVENIO COMPLEMENTARIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO Y EL GRUPO DAFI ASOCIADOS S.A.C. - SOLICITAR AL CONGRESO DE LA REPUBLICA, EL LEVANTAMIENTO DE INMUNIDAD PARLAMENTARIA DEL HOY CONGRESISTA YEREMI ARON ESPINOZA VELARDE GERENTE GENERAL DEL GRUPO DAFI ASOCIADOS SAC., PARA QUE ANTE LA JUSTICIA RESPONDA POR LAS DENUNCIAS INTERPUESTAS, A FIN DE GARANTIZAR LA LUCHA CONTRA CORRUPCION Y LA IMPUNIDAD. Por tanto, estando a las consideraciones antes aludidas y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal con la dispensa de trámite de comisiones, lectura y aprobación del acta; y con el voto MAYORITARIO de los regidores: ACUERDA: Artículo Primero.- APOYAR la Denuncia Penal N° 295-2020 presentado por el Procurador de la Municipalidad de El Agustino ante la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Agustino ­ Primer Despacho contra Yeremi Aron Espinoza Velarde, así como APOYAR el fiel cumplimiento del Convenio de Cooperación Interinstitucional, Convenio Complementario de Cooperación Interinstitucional y Adenda al Convenio Complementario de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de El Agustino y el Grupo DAFI Asociados S.A.C. Artículo Segundo.- SOLICITAR al Congreso de la República, el Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del hoy Congresista Yeremi Aron Espinoza Velarde Gerente General del Grupo DAFI Asociados S.A.C., para que ante la justicia responda por las denuncias interpuestas, a fin de garantizar la lucha contra corrupción y la impunidad. Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas según lo que corresponda conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General poner en conocimiento de las distintas áreas administrativas de la Municipalidad el presente acuerdo, y a la Sub Gerencia de Gestión de Procesos y Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional (www.mdea.gob.pe). POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1865089-1

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