Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2020 (21/03/2020)


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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de marzo de 2020 /

El Peruano

VISTOS: El Informe Nº 001251-2020-SM-IN/ MIGRACIONES, de fecha 16 de marzo de 2020, de la Subgerencia de Inmigración y Nacionalización de la Gerencia de Servicios Migratorios; la Hoja de Elevación N° 000178-2020-SM/MIGRACIONES, de fecha 17 de marzo de 2020, de la Gerencia de Servicios Migratorios, el Informe N° 000101-2020-PM/MIGRACIONES, de fecha 18 de marzo de 2020, de la Gerencia de Política Migratoria; y, el Informe Nº 000191-2020-AJ/MIGRACIONES, de fecha 19 de marzo de 2020, de Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Con fecha 11 de marzo de 2020, a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de

90 días calendario, por la existencia del COVID-19; y, por Decreto de Urgencia N° 025-2020, se dictaron medidas urgentes destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por nuevo coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación de ésta; En ese contexto, el Estado peruano, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-MTC, decretó suspender los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendario a partir del 16 de marzo de 2020, cuyo cumplimiento resulta de aplicación a los vuelos internacionales de Aviación Comercial y Aviación General; Posteriormente, con Decreto Supremo N° 0442020-PCM, de fecha 15 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 15 días calendario, y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, asimismo en el artículo 8° del

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