Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2020 (27/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de marzo de 2020 /

El Peruano

Y CINCO Y 93/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, indicando que será atendida con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el pago del 10% del valor neto de la recaudación por concepto de licencias, marketing y patrocinios de los XVIII Juegos Panamericanos, en cumplimiento de las obligaciones previstas en el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones con el Comité Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (COPAL - PERÚ); Que, con Memorando N° 586-2020-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hace suyo el Informe N° 143-2020-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera, hasta por el importe de S/ 44 865,93 (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 SOLES) a favor de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú, señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria en el año fiscal 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el pago del 10% del valor neto de la recaudación por concepto de licencias, marketing y patrocinios de los XVIII Juegos Panamericanos, en cumplimiento de las obligaciones previstas en el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones con COPAL - PERÚ; Que, en consecuencia, es necesario aprobar una transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, en el presente año fiscal, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad a lo dispuesto en el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad del Legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Parapanamericanos de Lima 2019;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fiscal 2020, a favor de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú ANPP, hasta por la suma de S/ 44 865,93 (CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 93/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto asignado al Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 5-2.5: Otros Gastos, Artículo 3.- Monitoreo El Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1865171-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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