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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (01/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Domingo 1 de noviembre de 2020 El Peruano / correspondientes con la Contraloría General de la República para tal efecto; Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional 2020 hasta por la suma de S/ 45 040,50 (Cuarenta y Cinco Mil Cuarenta y 50/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado al fi nanciamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría que realizará las labores de control posterior externo al SERFOR por el periodo 2020; Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la O fi cina General de Administración, y de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; y en el ejercicio de las atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR–Sede Central, hasta por la suma de S/ 45 040,50 (Cuarenta y Cinco Mil Cuarenta y 50/100 Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado al fi nanciamiento de la contratación de la sociedad de auditoría, que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, correspondiente al periodo 2020. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR–Sede Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre–SERFOR (www.gob.pe/serfor), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ALBERTO YNGA LA PLATA Director Ejecutivo (e)Servicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreSERFOR 1899073-1CUL TURA Designan miembros de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2020-MC Lima, 31 de octubre de 2020CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas, la gestión cultural e industrias culturales y a la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, conforme a los artículos 19 y 20 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, este ministerio cuenta con la Comisión Consultiva Nacional de Cultura, encargada de asesorar a la alta dirección sobre la política cultural, que incluye el Patrimonio Cultural, las Artes, e lndustrias Culturales; la misma que está conformada por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por resolución suprema; Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural; Que, el lineamiento 6.5 del objetivo prioritario 6 de la Política Nacional de Cultura al 2030, establece que el Ministerio de Cultura debe “implementar mecanismos de participación ciudadana en el desarrollo de políticas culturales”; Que, por Resolución Suprema N° 004-2017-MC, se designó a los miembros de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura del Ministerio de Cultura, cuya conformación se ha visto por conveniente modi fi car; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los nuevos miembros de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura ; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 004-2017-MC. Artículo 2.- Designar como miembros de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura del Ministerio de Cultura, a las siguientes personas: - JOSE CARLOS AGÜERO SOLORZANO. - SUSANA ESTHER BACA DE LA COLINA.- GAVINA FELICITAS CORDOVA CUSIHUAMAN.- MANUEL PEDRO CORNEJO CHAPARRO.- ANGELA BEATRIZ DELGADO VALDIVIA.- SYLVIA PATRICIA FALCON ROJAS.- DIANA MARIA GUERRA CHIRINOS.- LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO.- HILDA MARIA MACHUCA MAZA.- JOSE CARLOS MARIATEGUI EZETA.- CARMEN ELENA MC EVOY DE MADICO.- LUIS MILLONES SANTA GADEA.- MARIELA INES NOLES COTITO.- KARINA PACHECO MEDRANO.- OCTAVIO SANTA CRUZ URQUIETA.- OLINDA SILVANO INUMA DE ARIAS.- ALBERTO VERGARA PANIAGUA.