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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (03/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 3 de octubre de 2020 / El Peruano 2.2. Para los trabajadores : - Controlar que al ingreso del personal que labora en los establecimientos, deberán hacerlo manteniendo una distancia mínima de un metro (1.00 mt.). - Controlar la temperatura corporal diaria.- Limpieza y desinfección de manos y cara con agua y jabón para ingresar. - Utilizar obligatoriamente, guantes y mascarillas.- Si alguno de los trabajadores presenta síntomas respiratorios, deberán derivarlo a la atención medica que corresponda (Institución Prestadora de Servicios de Salud Pública o Privada). 2.3. Para el público a) Control para que se cumpla con el distanciamiento social debidamente señalizada mínimo de un metro (1.00 m) entre cada uno de las personas. c) Respeto del aforo (máximo el 50% del aforo autorizado en el certi fi cado ITSE). Artículo 3.- Medidas de Seguridad Se deberá veri fi car y controlar constantemente el distanciamiento social entre el público y también entre los trabajadores del establecimiento. Todo el personal debe utilizar de manera permanente y en buen estado elementos de protección personal como mascarillas, guantes, así como su uniforme de trabajo de ser el caso. Artículo 4.- Medidas de limpieza y desinfección Establecer protocolos de limpieza siguiendo las indicaciones del ente rector, (RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2020-INACAL/DN). Deberán incrementar las actividades de limpieza y desinfección de todas las áreas del establecimiento, pisos, paredes, puertas, ventanas, ascensores, timbres, rejas, entradas principales, barandas, pasamanos, picaportes, interruptores de luz, puertas, gavetas, topes de puertas, muebles, estantería, y todos aquellos elementos con los cuales las personas tienen contacto constante y directo. Artículo 5.- Medidas de Difusión Deberán exhibir en un lugar visible al ingreso del establecimiento los siguientes documentos: 1. Certi fi cado ITSE vigente. 2. Licencia de Funcionamiento3. A fi ches o avisos visibles a fi n de promover las medias de seguridad (limpieza, desinfección y protección personal), así como limpieza de super fi cies vivas, como frutas, verduras y productos envasados para que los clientes lo realicen después de la compra. Artículo 6.- Medidas de Fiscalización y Control La Subgerencia de Registro, Fiscalización y Control es la encargada de veri fi car el cumplimiento de estas disposiciones y en caso de incumplimiento aplicar las sanciones administrativas, medidas correctivas y complementarias establecidas en la Ordenanza Nº 408-2019/MDA, y modi fi catorias mediante la cual se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad distrital de Ancón, así como la modi fi cación del Cuadro de Infracciones y Sanciones que se incorpora mediante el Anexo II del presente norma. ANEXO II CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS CUADRO Nº 01 CODIGO INFRACCIONGRA- VEDAD% UITMEDIDA CORRECTIVA ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA CODIGO INFRACCIONGRA- VEDAD% UITMEDIDA CORRECTIVA 215040Por permitir el ingreso y estadía de personas (clientes) al establecimiento, sin contar con la mascarilla de protección para evitar la propagación del COVID 19, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza.G 30%Clausura TemporalCODIGO INFRACCIONGRA- VEDAD% UITMEDIDA CORRECTIVA 214041Por realizar actividades económicas por parte del personal (trabajadores), sin contar con la mascarilla de protección para evitar la propagación del COVID 19, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza. G 10%Clausura Temporal 214042Por no implementar las medidas para que las personas (clientes) conserven la separación mínima de un metro y medio (1.50 mt.) de distancia.G 10%Clausura Temporal 214043Por no implementar las medidas para que el personal (trabajadores) conserve una separación mínima de un metro y medio (1.50 mt.) de distancia G 10%Clausura Temporal 214044Por no cumplir con el aforo máximo permitido que será de 40% de lo señalado en el certi fi cado ITSE en los establecimientos comerciales.G 20%Clausura Temporal 214045Por no contar con a fi ches, anuncios o similares en lugares visibles del establecimiento a fi n de no permitir el ingreso a usuarios sin guates y mascarillas.G 10%Clausura Temporal 214046Por no suministrar alcohol liquido al ingreso del establecimiento para la desinfección de las manos.G 10%Clausura Temporal 214047Por no contar con SS.HH. con dispensadores de jabón líquido y toallas de papel, para el uso de los clientes.G 10%Clausura Temporal 214048Por desarrollar actividades económicas fuera del horario establecido por las disposiciones municipales y/o normas legales establecidas por el Gobierno Nacional en el periodo de Emergencia Sanitaria.G 20%Clausura Temporal 214049Por contravenir la orden de clausura temporal durante el estado de emergencia NacionalG 20%Clausura Temporal 214050Por realizar eventos como conciertos, reuniones sociales y/o actividades deportivas sin la respectiva autorización municipal, durante el Estado de Emergencia Nacional.MG 100%Clausura Temporal 214051Por no cumplir con la Guía Técnica para los Restaurantes y Servicio a fi nes con modalidad de Servicio a Domicilio.G 10%Clausura Temporal 214052Por no cumplir con los Lineamientos de prevención y control frente a la propagación del COVID-19 en la ejecución de obras de construcciónG 10% Paralización 214053Por realizar comercio ambulatorio durante el Estado de Emergencia Nacional sin las medidas de protección y Bioseguridad así como la autorización correspondienteG 10% Retención