TEXTO PAGINA: 69
69 NORMAS LEGALES Sábado 3 de octubre de 2020 El Peruano / Registro y Recaudación propone prorrogar hasta el 30 de noviembre de 2020, la fecha de vencimiento para el pago total de las obligaciones tributarias por concepto del impuesto predial y arbitrios para el ejercicio fi scal 2020, a efectos de considerar a los contribuyentes hábiles que participarán en los sorteos públicos, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C y en las bases del Sorteo “Con tu puntualidad puedes llevarte un Auto cero “0” Kilómetros”, toda vez que se ha visto afectado el cumplimiento de pagos de las deudas tributarias por parte de los contribuyentes, debido a las consecuencias surgidas por el brote del COVID-19 y a las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo. Que, mediante Informe N° 049-2020-MDP/GR la Gerencia de Rentas recomienda extender hasta el 30 de noviembre de 2020 la vigencia de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C. Que, mediante Informe N° 241-2020-MDP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente para que se emita el Decreto de Alcaldía que prorrogue la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C hasta el 30 de noviembre de 2020. Que, de conformidad con el articulo Décimo Primero de la Ordenanza Nº 240-2020-MDP/C se faculta al señor Alcalde del Distrito de Pachacámac para que mediante Decretos de Alcaldía establezca prorrogas en la vigencia de la misma. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6° del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia estipulado de la Ordenanza N° 240-2020-MDP/C hasta el 30 de noviembre de 2020, por las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo: POSTERGAR la prorroga señalada en el Artículo Primero, referente a la fecha del primer sorteo del mes de julio de 2020, para el último trimestre del 2020 respectivamente. Artículo Tercero: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y demás áreas vinculada en cuanto corresponda. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. munipachacamac.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1889577-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban modificación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 386-MDPP Puente Piedra, 2 de octubre de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es una de las herramientas más importantes para la adecuada gestión administrativa de una entidad, como documento que ordena las funciones a su cargo, apreciándose que la nueva estructura que se propone no conlleva mayores gastos a lo que se considera en la estructura actual, por el contrario, esta iniciativa responde a las nuevas circunstancias económicas originadas por la Declaratoria de Emergencia Nacional a consecuencia del brote del COVID-19; ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, la cual como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la derogatoria de las normas municipales que contravengan a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1890107-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza que establece medidas para el uso adecuado de la bicicleta en el distrito ORDENANZA N° 650-MSB San Borja, 8 de setiembre de 2020EL ALCALDE DE SAN BORJAPOR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la XVII-2020 Sesión Ordinaria de fecha 08 de setiembre de 2020, el Informe Nº 348-2020-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando Múltiple Nº 053-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal, el Memorando Múltiple Nº 015-2020-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, el Memorándum Nº 281-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal, el Memorándum Nº 1128-2020-MSB-GM-OPE de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica, el Informe Nº 399-2020-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el O fi cio Nº 44-2020-MSB-SR presentado por miembros del Concejo Municipal de San Borja, el Informe Nº 95-2020-MSB-GM-OCH de la O fi cina de Capital Humano, el Informe Nº 074-2020-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, el Memorándum Nº 1275-2020-MSB-GM-OPE de la Gerencia de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, los O fi cios Nº 387, 388, 389, 390, 391-2020-MSB-SG de la Secretaría General, el Dictamen N° 43-2020-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 10-2020-MSB-CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Dictamen N° 14-2020-MSB-CDH de la Comisión de Desarrollo Humano, el Dictamen N° 10-2020-MSB-CSH de Comisión de Seguridad Humana y el Dictamen N° 06-2020-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO:Que, según lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con