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34 NORMAS LEGALES Domingo 4 de octubre de 2020 / El Peruano Aprueban modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 805-2020/MINSA Lima, 2 de octubre del 2020 Visto, El Expediente N° 20-087082-001, que contiene la Nota Informativa N° 491-2020-DMUNI-DGIESP/ MINSA de la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; la Nota Informativa N° 01-2020-JARR-CDC/MINSA del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; el Informe N° 252-2020-OPEE-OP- OGPPM/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 1041-2020-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, la Nota Informativa N° 300-2020-OGC/MINSA de la Ofi cina General de Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, el último párrafo del artículo 2 de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad Estatal, establece que se entenderá por publicidad institucional, a aquella que tiene por fi nalidad promover conductas de relevancia social, entre otras. La referida Ley exige que, para autorizar la realización de publicidad estatal, se requiere contar con un Plan de Estrategia Publicitaria; Que, al amparo de dicha norma, con Resolución Ministerial N° 991-2016/MINSA se aprueba la Directiva Administrativa N° 222-MINSA/2016/OGC, Procedimiento para la elaboración del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Salud, con la fi nalidad de establecer los lineamientos para su elaboración; Que, mediante Resolución Ministerial N° 089-2020/ MINSA se aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, el cual contempla la realización de una campaña publicitaria en medios de comunicación masivos y alternativos, para promocionar entre la población, medidas preventivas y acciones efectivas; con el fi n de mejorar la salud de las personas; acción denominada “Campaña para prevenir el Coronavirus”; Que, con Resolución Ministerial N° 716-2020/MINSA se aprueba la modi fi catoria del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, incorporándose la “Campaña dirigida a la familia; a la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo (PAMAR) y a la Persona con Discapacidad Severa (PcDS) en el contexto COVID-19”; Que, con Nota Informativa N° 01-2020-JARR-CDC/ MINSA, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud remite a la O fi cina General de Comunicaciones la información para la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Salud, en el documento denominado “Comunicación Social en la Lucha contra la Covid-19”; Que, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, mediante Memorandum N° 1588-2020-DMUNI-DGIESP/MINSA, remite a la O fi cina General de Comunicaciones el “Plan Comunicacional para el fortalecimiento de las actividades de inmunizaciones en el contexto de la pandemia COVID-19”; Que, en base a los documentos antes mencionados, mediante Nota Informativa N° 300-2020-OGC/MINSA, la Ofi cina General de Comunicaciones propone modi fi car el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, con la fi nalidad de incorporar dos Campañas Publicitarias denominadas: “No seamos cómplices” y “Ama, confía, protege. Vacúnate”, con una inversión de S/ 3 000 000.00 (TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) y de S/ 2 000 000. – (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES), respectivamente; Que, mediante Informe N° 252-2020-OPEE-OP- OGPPM/MINSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria presentado por la O fi cina General de Comunicaciones; Que, a través del Informe N° 1041-2020-OGAJ/ MINSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la viabilidad de la propuesta formulada por la O fi cina General de Comunicaciones; Con los vistos del Director General de la O fi cina General de Comunicaciones, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; y, la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad Estatal; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud Aprobar la segunda modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 089-2020/MINSA, incorporándose las Campañas “No seamos cómplices” y “Ama, confía, protege. Vacúnate”; en los términos previstos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1890276-2 Modifican el Anexo 5 de la R.M. N° 1048- 2019/MINSA, que aprobó la “Directiva Administrativa que regula los aspectos metodológicos para la evaluación del cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios en salud, alcanzados en el año 2019, para la entrega económica establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 806-2020/MINSA Lima, 2 de octubre del 2020 Visto, el Expediente N° 20-089284-001 que contiene la Nota Informativa N° 1615-2020-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud y el Informe N° 028-2020-JDCM-DVMPAS/MINSA del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, tiene la fi nalidad que el Estado alcance mayores niveles de e fi cacia, e fi ciencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo de su personal; Que, el artículo 15 del mencionado Decreto Legislativo, dispone que la asignación por cumplimiento de metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, es la entrega