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45 NORMAS LEGALES Domingo 4 de octubre de 2020 El Peruano / la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus; Que, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, regula el procedimiento para las transferencias fi nancieras, estableciendo en los literales a) y b) del numeral 20.1 del artículo 20 de la citada directiva pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, mediante Informe Nº 184-2020-UNAB/UP, de fecha 31 de agosto de 2020, la Jefe de la Unidad de Presupuesto precisa: “(…) se concluye que es pertinente la aplicación de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020 a los miembros de la Comisión Organizadora de la UNAB, según lo señalado en el numeral 8 de su artículo 2, así como lo regulado en el literal b) del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 220-2020-EF; considerando la de fi nición de la clasi fi cación de los miembros de la Comisión Organizadora precisada en el INFORME TÉCNICO-001238-2020-GPGSC (SERVIR) y la opinión vinculante brindada por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF mediante INFORME Nº 0972-2020-EF/53.04 (…) Asimismo, se recomienda realizar las acciones pertinentes para la aplicación de lo dispuesto en las normas de la referencia, siendo necesario realizar la reducción de los ingresos, la modi fi cación presupuestal habilitando a la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento; para fi nalmente realizar la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo plazo no debe exceder del 30 de septiembre de 2020 (…)”; Que, a través del Informe Nº 230-2020-OPD/ UNAB, de fecha 15 de setiembre de 2020, del Director de Planeamiento y Desarrollo, precisa que: (…) se ha procedido a realizar la rebaja de la Nota de Certi fi cación de Crédito presupuestario Nº 443; asimismo, se ha procedido a registrar la nota de modi fi cación presupuestal, habilitando a la actividad 5006373 PROMOCIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA por la suma de S/ 13 680.00 (trece mil seiscientos ochenta y 00/100 soles), así como también se ha realizado el registro de la nota de certi fi cación presupuestario Nº 731. Siendo la cadena de gastos, la siguiente: EGRESOS En soles Sector : 10 EducaciónPliego : 549 Universidad Nacional de Barranca Unidad Ejecutora : 001374 Universidad Nacional de Barranca Fuente de Fto. : 1 Recursos Ordinarios Rubro : 00 Recursos Ordinarios Cat. Presupuestal : 9002 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO Producto : 3999999 SIN PRODUCTO Actividad : 5006269 PREVENCIÓN, CONTROL , DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DEL CORONAVIRUS Categoría de Gasto: 5 Gasto de Corriente Tipo de Transacción: 2 Gastos Presupuestales Genérica de Gasto: 4 Donaciones y Transferencias 13 680.00 (…) Que, con Informe Legal Nº 094-2020-OAJ/UNAB, de fecha 15 de setiembre de 2020, el Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica formula su opinión legal señalando: “(…) se declare la APROBACION de la transferencia fi nanciera a favor del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, hasta por la suma de S/ 13, 680.00 (trece mil seiscientos ochenta y 00/100 soles), en el marco del numeral 6.4, artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020; asimismo, al TITULAR DEL PLIEGO APROBAR MEDIANTE RESOLUCIÓN TRANSFERENCIA FINANCIERA, de conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1440 y el artículo 20 de la Directiva Nº 011-2019- EF/50.01-Directiva para la Ejecución Presupuestaria (…)”; Que, mediante Informe Nº 068-2020-OA/UNAB, de fecha 15 de setiembre de 2020, el Director de Administración precisa que: “(…) en virtud del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 (…) se solicita a su despacho la aprobación de la transferencia financiera a favor del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, hasta por la suma de S/ 13 680.00 (trece mil, seiscientos ochenta y 00/100 soles), en el marco del numeral 6.4, artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 al titular del pliego aprobar mediante resolución transferencia financiera, el artículo Nº 76 del Decreto Legislativo 1440 y el artículo Nº 20 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01-Directiva para la Ejecución Presupuestaria (…); Que, por lo expuesto, resulta técnicamente factible autorizar Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 13 680.00 (TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Justicia, para fi nanciar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, según lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de setiembre de 2020, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca autorizó una Transferencia Financiera del Pliego 549: Universidad Nacional de Barranca hasta por la suma de S/ 13 680.00 (TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados a para financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, según lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020; Con el visto bueno del Director de Planeamiento y Desarrollo, Jefa de la Unidad de Presupuesto, Director de Asesoría Jurídica y Director de Administración; Conforme a las disposiciones aplicables establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Barranca - Ley Nº 29553, Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 446-2018-UNAB, Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 447-2018-UNAB, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables; SE RESUELVE:Artículo 1.- TRANSFERENCIA FINANCIERA Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 549: Universidad Nacional de Barranca hasta por la suma de S/ 13 680.00 (TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados a para fi nanciar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19, según lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020. Artículo 2.- FINANCIAMIENTO La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 549: Universidad Nacional de Barranca según el siguiente detalle: