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46 NORMAS LEGALES Domingo 4 de octubre de 2020 / El Peruano EGRESOS SOLES Sector : 10 Educación Pliego : 549 Universidad Nacional de Barranca Unidad Ejecutora: 001374 Universidad Nacional de Barranca Fuente de Financiamiento y Rubro Fuente de Fto. : 1 Recursos Ordinarios Rubro : 00 Recursos Ordinarios Cat. Presupuestal: 9002 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO Producto : 3999999 SIN PRODUCTO Actividad: 5006269 PREVENCIÓN, CONTROL, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DEL CORONAVIRUS Categoría de Gasto: 5 Gasto de Corriente Tipo de Transacción: 2 Gastos Presupuestales Genérica de Gasto: 4 Donaciones y Transferencias 13 680.00 TOTAL EGRESOS 13 680.00 Artículo 3.- LIMITACIÓN DEL USO DE LOS RECURSOS Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- TRANSFERENCIA, MONITOREO Y SEGUIMIENTO La O fi cina de Administración, en el ámbito de sus competencias, es responsable de efectivizar la transferencia y realizar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- PUBLICACIÓN Y DIFUSIÓN Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y disponer su publicación en la página web y el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Barranca, remitiéndose copia de esta Resolución al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, y dependencias correspondientes, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. INÉS MIRIAM GÁRATE CAMACHO Presidenta de la Comisión Organizadora ABIDAN TIPO YANAPA Secretario General 1889889-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante O fi cio N° 476-2O2O-GOREMAD/GR, recibido el 2 de octubre de 2020) ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2018-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria efectuada el día jueves 15 de noviembre del 2018, en su sede institucional, se aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 06-2016- RMD/CR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA-2016), de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 028-2018-GOREMAD-GRPPYAT-SGDIEI/HCG, aclarado con Informe Nº 033-2018- GOREMAD-GRPPYAT-SGDIEI/HCG, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática es necesario hacer una nueva modi fi cación del TUPA de la Sede Central del GOREMAD en los procedimientos administrativos signados con los números 1 al 4, 6 al 10, 16, 19 al 23, 25 al 27, 30 al 37, 39 y 40, haciendo un total de 28 procedimientos del TUPA 2016, en aplicación de lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1246, cuyo artículo 5 establece la prohibición de exigir a los usuarios o administrados copia de su Documento Nacional de Identidad, entre otros, y del Decreto Legislativo Nº 1272, en cuanto modi fi ca el artículo 40 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referido a la obligación de solicitar constancia de pago efectuado ante la misma entidad, siendo su fi ciente señalar por escrito el día del pago y el número de la constancia de pago. Asimismo se adiciona un procedimiento administrativo, signado con el número 41, denominado: Regularización Administrativa de Escrituras Públicas o Actas Protocolares Notariales, en base a la Directiva Nº 006-2008-AGN/DNDAAI, Proceso de Regularización Administrativa de Escrituras Públicas Irregulares que se conservan en al AGN y Archivos Regionales, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 483-2008-AGN/J. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GOREMAD, luego de efectuar un análisis administrativo y normativo a la propuesta de modi fi cación del TUPA de la Sede Central, mediante Informe Nº 317-2018-GOREMAD-GRPPYAT, concluye que se ajusta a las disposiciones sobre simpli fi cación administrativa contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS y el Decreto Legislativo Nº 1246, y utiliza los formatos de T.U.O. normados por el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, el formato de “sustento legal y técnico”, y un cuadro “presentando los procedimientos a modi fi car, adicionar y sus razones”; por lo que recomienda la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos 2018 (TUPA-2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, que consta de cuarentiún (41) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, mediante Ordenanza Regional y previa opinión y visado de las O fi cinas Regionales de Administración y Asesoría Jurídica. Que, la propuesta cuenta con opinión favorable de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, expresada mediante Informe Legal Nº 675-2018-GOREMAD/ORAJ, que reproduciendo las razones expuestas en los informes técnicos, precisa igualmente que se mantienen los costos pese a la actualización del valor de la UIT para el año 2018, inclusive los fi jados por el Archivo Regional para otros trámites administrativos, apreciando también el cumplimiento de los lineamientos establecidos para la elaboración y aprobación del TUPA establecidos por el