Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2020 (04/10/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 4 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

47

Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; por lo que estima correcta su modificación y recomienda su aprobación. Que, mediante Oficio Nº 373-2018-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional remite al Despacho del Consejero Delegado, todos los antecedentes de la propuesta modificatoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA- 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, contenidos en un fólder, más dos anillados: uno de ellos con los formatos de sustentación legal y técnica y el otro que propiamente contiene el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) Sede Central; a fin de que sea aprobada, conforme a las atribuciones del Consejo Regional. Que, la Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional de Madre de Dios, a través del Dictamen Nº 003-2018-GOREMAD/CPYF, considera que la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios (TUPA- 2018), que involucra a 28 de los 40 procedimientos administrativos establecidos por el TUPA 2016, al tiempo que incrementa a cuarenta y uno (41) el número de ellos, cumple con los lineamientos y requisitos legales y técnicos, y se enmarca en lo establecido por la normatividad vigente; por lo que ha recomendado que dicha propuesta se eleve al Pleno del Consejo Regional, para su debate y aprobación en la próxima sesión, a fin de emitirse la correspondiente ordenanza regional, debiendo derogarse las normas precedentes que se le opongan. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto mayoritario de los Consejeros Regionales presentes. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- DEROGAR, en cuanto se opongan a la presente norma regional, la Ordenanza Regional Nº 06-2016-RMDD/CR y demás disposiciones emitidas en el ámbito administrativo regional de Madre de Dios. Artículo Tercero.- DISPENSAR, la presente norma regional del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. YILMER GONZALES KHAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. LUIS OTSUKA SALAZAR Gobernador Regional 1889998-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban Reglamento de la Ordenanza N° 432-2020-MDA, que establece el procedimiento a seguir para suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2020-A/MDA Ancón, 25 de setiembre del 2020 VISTO: Informe Nº 112-2020-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, Informe Nº 303-2020-GAJ-MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 208-2020-GATYR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Distrital de Chancay es un órgano de gobierno local que cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 432-2020-MDA de fecha 28 de agosto 2020, se Aprobó la Suspensión del Código de Predio de Contribuyentes Tributarios en el Distrito de Ancón tiene como ámbito de aplicación a todos los contribuyentes inscritos en la Municipalidad Distrital de Ancón, disponiéndose en la Segunda Disposición Final que se Faculte al Alcalde a que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la Directiva que establezca el procedimiento para la suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito de Ancón, así como los formatos correspondientes en un plazo no mayor de dos meses; Que, mediante Informe Nº 208-2020-GATYR/ MDA de fecha 21 de setiembre de 2020, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas indica que es necesario contar con un Reglamento a fin de establecer los procedimientos a seguir para suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito de Ancón tiene como ámbito de aplicación a todos los contribuyentes inscritos en la Municipalidad Distrital de Ancón y remite su proyecto de reglamento; Que, mediante Informe Nº 303-2020-GAJ-MDA de fecha 21 de setiembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que es procedente el proyecto de Reglamento de la Ordenanza Nº 432-2020-MDA, presentado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º inciso 6º, 39 º y 42 º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Ordenanza Nº 432-2020-MDA, que establece el procedimiento a seguir para suspensión del código de predio de contribuyentes tributarios en el distrito de Ancón tiene como ámbito de aplicación a todos los contribuyentes inscritos en la Municipalidad Distrital de Ancón, el mismo que forma parte integrante del presente decreto y que consta de 19º Artículos y 3 Disposiciones Transitorias y Finales. Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto completo del Reglamento señalado en el Artículo precedente en el portal institucional (www.muniancon.gob.pe).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.