NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (20/09/2020)
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TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Domingo 20 de setiembre de 2020 El Peruano / de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17° del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NRO.ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMON“MANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINO VECINAL NO PAVIMENTADO DESDE EL CENTRO POBLADO NARANJAL HACIA LOS ANEXOS LA CODICIADA Y AUVERNIA HASTA EL PUENTE AUVERNIA, DISTRITO DE SAN RAMÓN, PROVINCIA DE CHANCHAMAYO–REGIÓN DE JUNÍN”177,769.89 02MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMON“MANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINO VECINAL NO PAVIMENTADO DESDE EL CRUCE DE LA RUTA JU-106 HACIA EL ANEXO DE PALMAPAMPA HASTA EL ANEXO LA PERLA, DISTRITODE SAN RAMÓN, PROVINCIA DE CHANCHAMAYO–REGIÓN DE JUNÍN”183,643.04 TOTAL 361,412.93 1886319-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Designan Responsable de la Administración de Usuarios para acceder al Sistema Único de Trámites (SUT) de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL N° 095-2020 Lima, 15 de setiembre de 2020 VISTOS: el Informe Nº 00071-2020/OPP y el Informe Legal Nº 244-2020/OAJ; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público- Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1203 se crea el Sistema Único de Trámites – SUT como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las entidades de la administración pública; Que, el artículo 2 del citado Decreto Legislativo, indica que el SUT es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, como ente rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, que crea el SUT y establece las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los TUPA a través del SUT; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Reglamento dispone que las entidades de la administración pública, mediante resolución de Secretaría General, Gerencia General o quien haga sus veces designa al Responsable de la Administración de Usuarios para acceder al SUT; Que, según el numeral 8.3 del artículo 8 del referido Reglamento, el Responsable de la Administración de usuarios administra las cuentas de usuarios de acuerdo a los per fi les o roles asignados para el ingreso de información al SUT, siendo responsable de su correcto funcionamiento y el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2020-PCM/SGP, del 15 de enero del 2020 se aprueba la actualización del Manual del SUT, el cual señala que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros entrega un único usuario y contraseña, el cual es asignado al Administrador del SUT y; además, indica los requerimientos y pasos a seguir para su obtención; Que el artículo 3-A de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2020-PCM/SGP, del 6 de agosto del 2020, establece plazos máximos para solicitar el usuario y contraseña del Administrador del SUT; Que, en este sentido, resulta necesario designar al Responsable de la Administración de Usuarios del SUT de PROINVERSIÓN; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1203, que crea el Sistema Único de Trámites para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF. SE RESUELVE: Artículo 1- Designar al servidor Luis Martín Bermúdez Peláez, Especialista en Planeamiento y Racionalización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, como Responsable de la Administración de Usuarios para acceder al Sistema Único de Trámites (SUT) de la entidad. Artículo 2.- Disponer que el Responsable de la Administración de Usuarios del Sistema Único de Trámites–SUT de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN remita la presente resolución al siguiente correo electrónico: sut@pcm.gob.pe; enviando los datos personales necesarios, de acuerdo a lo señalado en el Manual del Usuario del SUT aprobado con RSGP N° 001-2020-PCM/SGP. Artículo 3.- La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto será la encargada de noti fi car a las diferentes áreas para dar cumplimiento de la presente resolución.