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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (25/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 25 de setiembre de 2020 El Peruano / del referido Ministerio; y, del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción para fi nanciar la prestación de servicios tecnológicos a través de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), que contribuyen a la reactivación económica de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYME); adjuntado para dicho efecto, los Informes Nº 079 y 089-2020-PRODUCE/OP de la O fi cina de Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos; Que, mediante Memorando Nº 1013-2020-EF/53- 04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, señala el costo estimado para el fi nanciamiento de la continuidad para la contratación de servidores bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, según información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planilla y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, correspondiente al periodo de agosto a diciembre del 2020, por toda fuente de fi nanciamiento, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Producción; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos. Asimismo, dispone que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 10 216 062,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Producción; y, hasta por la suma S/ 7 902 022,00 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL VEINTIDOS Y 00/100 SOLES) a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el presupuesto institucional de los citados pliegos en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 10 216 062,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Producción, para fi nanciar medidas para mitigar el impacto del COVID-19, acciones para la reanudación de actividades en los sectores de pesca, la Micro y Pequeña Empresa (MYPE), industria y comercio interno y acciones para el apoyo a la sostenibilidad de la gestión y protección a los trabajadores del referido Ministerio, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 10 216 062,00 =========== TOTAL EGRESOS 10 216 062,00 =========== A LA En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 038 : Ministerio de la Producción CATEGORÍAPRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 10 216 062,00 =========== TOTAL EGRESOS 10 216 062,00 =========== 1.2. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 7 902 022,00 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, para fi nanciar la prestación de servicios tecnológicos a través de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), que contribuyen a la reactivación económica de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYME), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍAPRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 7 902 022,00 ========== TOTAL EGRESOS 7 902 022,00 ========== A LA En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 241 : Instituto Tecnológico de la Producción CATEGORÍAPRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005485 : Fortalecimiento de los Centros de Innovación - CITE FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 7 902 022,00 ========== TOTAL EGRESOS 7 902 022,00 ========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto